AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
2664
BDNS: 934611
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio)
Por resolución de alcaldía de 5 de octubre de 2026 se han aprobado la convocatoria y bases específicas de la citada convocatoria, con las siguientes especificaciones:
PRIMERO. OBJETO Y FINALIDAD
El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de apoyar, difundir y promocionar el tejido cultural de la ciudad, fomentando la profesionalidad de los agentes implicados y consolidando modelos de apoyo a la creación cultural, colaborando con asociaciones educativas para la realización de proyectos de interés para la comunidad educativa y su desarrollo en centros escolares.
SEGUNDO.BASES REGULADORAS
La presente convocatoria trae causa de las bases reguladoras publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) nº 230, de fecha 1 de diciembre de 2025, bajo el título: “Aprobación definitiva de las bases reguladoras de la subvención destinada a ayudas y subvenciones destinadas a asociaciones implicadas en el estudio histórico y etnológico de Azuqueca de Henares”.
TERCERO. IMPORTE Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones será de 8.000 euros, imputables a la partida presupuestaria 3340.489.10 del presupuesto municipal del ejercicio 2026.
CUARTO.REQUISITOS
Podrán solicitar y ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en las presentes Bases las asociaciones museísticas de centros educativos históricos que estén legalmente constituidas y con personalidad jurídica propia, con anterioridad a la fecha de aprobación de las correspondientes convocatorias, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
- Estar domiciliadas en Azuqueca de Henares e inscritas en el Registro Municipal de asociaciones.
- Ser una asociación educativo-museística de un centro histórico reconocido como tal por la JCCM, según Orden de 9 de junio de 2014.
- La actividad a subvencionar habrá de tener como destinatario final al alumnado del centro educativo histórico, a sus familias y al entorno social interesado en su patrimonio.
- Ser una asociación sin ánimo de lucro, circunstancia que deberá constar en los documentos de constitución, estatutos sociales o modificaciones de los mismos. - Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.
- Estar al corriente en el pago de obligaciones fiscales, o de otro tipo, con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
- No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Estar al corriente, en el caso de haber recibido con anterioridad subvenciones del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por tal concesión, así como en el reintegro de subvenciones, en su caso.
Los requisitos exigidos en estas bases, se deben acreditan a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes y mantenerse hasta la justificación de la subvención concedida.
QUINTO.PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes de subvención se formalizarán según modelo recogido en la convocatoria, (Anexo I) el cual deberá estar firmado por el/la presidente/a de la asociación o por quien tenga conferida la delegación debidamente acreditada, y deberán dirigirse al Excmo Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
Se admitirá una única solicitud por proyecto.
Se presentarán electrónicamente junto con los documentos o informes que en su caso debieran acompañarse, conforme a lo establecido en las presentes bases, en cualquiera de los lugares previstos o en el art. 16.4 en Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo previsto en la convocatoria.
El plazo para presentar las solicitudes, así como la documentación que deba acompañarla, es de 10 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, se requerirá al solicitante para que la subsane en el plazo de diez días contados desde el siguiente al de recepción del requerimiento, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
Junto a la solicitud, deberá presentarse en todo caso y de forma obligatoria la siguiente documentación:
- Fotocopia de:
- Certificado censal de la asociación.
- Estatutos de la asociación o entidad solicitante de la presente subvención si no se hubieran presentado en ejercicios anteriores, o éstos hubieran sufrido alguna modificación.
- NIF del representante de la asociación designado para solicitar la subvención.
- Certificado expedido por el/la Secretario/a de la asociación o entidad solicitante acreditativo del número de asociados al corriente de pagos de la cuenta, cuando las hubiera, todo ello referido a la fecha de presentación de la solicitud de la subvención.
- Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y con Hacienda.
- Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria. Se comprobará de oficio que la asociación se encuentra al corriente de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, así como que la misma se encuentra inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones.
- Ficha de terceros, debidamente cumplimentada, donde figure el número de IBAN y el nombre de la asociación como titular de la cuenta.
- Proyecto de actividades a subvencionar, desarrolladas o a desarrollar durante el ejercicio correspondiente, en el que se determine: 1. Título de cada actividad. 2. Objetivos que se pretenden alcanzar. 3. Destinatarios. 4. Fecha y lugar de celebración. 5. Presupuesto económico asociado.
Las bases completas incluyendo como anexo la correspondiente solicitud se encuentran a disposición de los solicitantes en el portal de transparencia de la página web del Ayuntamiento, a través del siguiente enlace:
https://azuqueca.sedelectronica.es/transparency/26474e7c-d2fb-419e-a41f-072e358f54b0/
En Azuqueca de Henares a 9 de octubre de 2026, Fdo el Alcalde D. Miguel Óscar Aparicio de Lucas
