Ayuntamiento de San Andrés del Rey
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De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no poderse practicar la notificación por el motivo de desconocimiento del domicilio de la interesada, y de conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial, por el presente anuncio se notifica la Resolución de la Alcaldía de este Ayuntamiento de fecha 8 de mayo de 2015, por la que se acuerda dar de baja de oficio por inscripción indebida a la persona que a continuación se relaciona, por el motivo de falta de residencia habitual y efectiva en el municipio
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N.º documento |
Apellidos y nombre |
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TORRES JIMENEZ, MIRIAM |
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En San Andrés del Rey a 8 de mayo de 2015.– El Alcalde, Carlos de Mingo Sancho García.
