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Miércoles, 10 Junio 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2136

El Pleno del Ayuntamiento de Arroyo de las Fraguas en sesión extraordinaria celebrada el día 28 de abril de 2015, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 1/2015 del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de créditos, financiado con cargo Remanente líquido de Tesorería, con el siguiente resumen:

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Ayuntamiento de Arroyo de las Fraguas

 

2136

Anuncio DE APROBACIÓN Inicial

El Pleno del Ayuntamiento de Arroyo de las Fraguas en sesión extraordinaria celebrada el día 28 de abril de 2015, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 1/2015 del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de créditos, financiado con cargo Remanente líquido de Tesorería, con el siguiente resumen1:

Estado de gastos

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

DESCRIPCIÓN

CONSIGNACIÓN INICIAL

CONSIGNACIÓN DEFINITIVA

920227

31950

   

48.950

920227

Se suplementa en

 

17.000 €

 

Estado de ingresos

87

Remanente de Tesorería por

 

17.000 €

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

En Arroyo de las Fraguas a 29 de abril de 2015.– La Alcaldesa, Margarita Domingo Gil.

1 La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, indica que las aplicaciones presupuestarias se definirán, al menos, por la conjunción de las clasificaciones por programas y económica. Resultará obligatoria en ambas la presentación, al menos, a nivel de grupo de programa o programa y concepto o subconcepto respectivamente. La estructura que se especifica en el anexo I de la Orden sobre la clasificación por programas se debe considerar cerrada y obligatoria en aquellas categorías ya existentes, pudiendo desarrollarse nuevas a partir de ellas. Además, la categoría subprogramas será abierta.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Arroyo de las Fraguas
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