Imprimir esta página
imagen no encontrada
Jueves, 24 Septiembre 2026 08:09

DELEGACION DE COMPETENCIA

2478

Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE QUER


2478

Se hace publico la Resolución de Alcaldía número 2026- 0080 de fecha 28/01/2.026:

Con fecha 23 de enero de 2026 se aprobo la moción de censura resultando investida como Alcaldesa doña Gema Cañones Ordoñez.

Visto que esta Alcaldía, de conformidad con el artículo 43.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, tiene reconocida por Ley la posibilidad de efectuar delegaciones especiales relativas a determinados servicios en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas.

Visto que, atendiendo a que el volumen de gestión del Ayuntamiento de Quer es elevado y que, por ello, es conveniente delegar el ejercicio de la competencia que se menciona a continuación para, en aras del interés público, agilizar y mejorar la eficacia de los servicios públicos.

No se delegan competencias en materia de Urbanismo y obras, Económia y Hacienda y Sanidad.

Examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en los artículos 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico, 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

RESUELVO.

PRIMERO.- Aprobar la delegación de las competencias de Deportes, Nuevas Tecnologías en el concejal doña Verónica Debora Beloso.

SEGUNDO.- Aprobar la delegación de las competencias de Festejos, Cultura en la concejala doña doña Laura Medina Sanz.

TERCERO.- Aprobar la delegación de las competencias de Educación, Infancia y juventud, Bienestar e Igualdad , Medio Ambiente y Transporte en el concejal don Jorge Paris Barnes.

CUARTO.- Las anteriores delegaciones son relativas a los servicios correspondientes a dichas áreas, comprenderán la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, pero no conferirán la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

QUINTO. Las delegaciones conferidas en el presente Decreto requerirán para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.

SEXTO. La presente resolución será efectiva desde el mismo día de su firma, sin perjuicio de ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y portal de transparencia – sede electrónica municipal, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.

SEPTIMO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que establece el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo que disponen los artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, Recurso de Reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación. No obstante, podrá interponer cualquier otro, si lo considera conveniente.

Así se dispone y firma en Quer por el Sra. Alcaldesa, en la fecha al margen indicada, de todo lo cual, como Secretario, doy fe.

En Quer a 22 de septiembre de 2026. La alcaldesa-presidante. Gema Cañones Ordoñez.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Quer
Visto 67 veces