AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
2335
BDNS: 927735
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio).
Por resolución de alcaldía de 2 de septiembre de 2026 se han aprobado la convocatoria y bases específicas de la citada convocatoria, con las siguientes especificaciones:
PRIMERO. OBJETO Y FINALIDAD
El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de financiar proyectos que tengan por objeto la promoción objeto la asistencia, rehabilitación y reinserción social, así como el apoyo del entorno familiar de la población con adicciones del municipio durante el año 2026.
SEGUNDO.BASES REGULADORAS
La presente convocatoria trae causa de las bases reguladoras publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) nº230 de fecha 1 de diciembre de 2025, bajo el título: “Aprobación definitiva de las Bases reguladoras de la subvención para el tratamiento y la rehabilitación de adicciones”.
TERCERO. IMPORTE Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones será de 15.000€, imputables a la partida presupuestaria 2310 489.19 del presupuesto municipal del Ejercicio 2026.
CUARTO.PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes y el resto de documentación deberán presentarse dentro del plazo previsto de diez días naturales, a partir del día siguiente la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Sólo se admitirá una única solicitud por interesado. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido, resolviéndose la inadmisión de las mismas.
Las solicitudes, junto a la documentación que deba acompañarlas, se presentarán de forma telemática con firma electrónica a través del Registro General del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares. Asimismo, podrán presentarse en los demás registros indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, se requerirá al solicitante para que la subsane en el plazo de diez días contados desde el siguiente al de recepción del requerimiento, indicándole que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su solicitud previa resolución, de acuerdo a lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
El Ayuntamiento de Azuqueca de Henares podrá requerir la aportación de otros documentos que se considere necesarios para la valoración de los proyectos.
Las solicitudes deberán presentarse en el modelo de solicitud de subvención que venga recogido en la convocatoria y deberá estar firmado por el/la presidente/a de la asociación o entidad, o por quien tenga conferida la delegación debidamente acreditada.
Los solicitantes solo podrán presentar la solicitud a una de las modalidades de la subvención.
Junto a la solicitud, deberá presentarse de manera obligatoria la siguiente documentación:
- Certificado expedido por el/la Secretario/a de la asociación o entidad solicitante, que acredite el acuerdo del órgano de gobierno de dicha asociación o entidad por el cual se decide solicitar la subvención y la designación del representante de la asociación para la solicitud de subvención, de acuerdo con sus estatutos.
- Fotocopia de:
- Tarjeta de identificación fiscal de la asociación o entidad solicitante de la presente subvención.
- Estatutos de la asociación o entidad solicitante de la presente subvención.
- NIF del representante de la asociación designado para solicitar la subvención, de acuerdo con el certificado recogido en el apartado a) del presente artículo.
- Certificado expedido por el/la Secretario/a de la asociación o entidad solicitante acreditativo del número de asociados al corriente de pagos de la cuota, cuando las hubiera, todo ello referido a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
- Ficha de tercero donde figure el número de IBAN y el nombre de la asociación como titular de la cuenta.
- Proyecto de actividades propuestas.
- Declaración responsable de la asociación o entidad, de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria.
- Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria.
- Relación de actividades y/o proyectos con el mismo objetivo desarrolladas en Azuqueca de Henares, con indicación de la fecha de celebración de las mismas.
Las bases completas incluyendo como anexo la correspondiente solicitud se encuentran a disposición de los solicitantes en el portal de transparencia de la página web del Ayuntamiento, a través del siguiente enlace:
https://azuqueca.sedelectronica.es/transparency/26474e7c-d2fb-419e-a41f-072e358f54b0/
En Azuqueca de Henares a 3 de septiembre de 2026. Firmado el Alcalde, D. Miguel Óscar Aparicio de Lucas
