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Viernes, 04 Septiembre 2026 08:09

EXPEDIENTE Nº 3596/2026: RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES TAURINAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE CULTURA


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En cumplimiento de lo establecido en la Base Duodécima de la citada Convocatoria y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a publicar Decreto núm. 2026-9253 de Resolución Definitiva de 02 septiembre 2026.

Expediente Nº 3596/2026: RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES TAURINAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES

Visto el expediente relativo a la convocatoria de subvenciones destinadas a las Asociaciones Taurinas de la provincia de Guadalajara para el ejercicio 2026 (Expte. nº 3596/2026), cuya resolución provisional fue aprobada por la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Guadalajara en sesión celebrada el día 30 de julio de 2026, a propuesta de la Diputada Delegada de fecha 29 de julio de 2026, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara de fecha 6 de agosto de 2026.

Habiendo transcurrido el plazo establecido para la presentación de alegaciones sin que se haya formulado ninguna, procede elevar a definitiva la propuesta de resolución provisional.

El expediente se ha tramitado de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Reglamento de la citada Ley, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Guadalajara y en las bases reguladoras y convocatoria que rigen la presente concesión.

Vista la propuesta de resolución definitiva formulada por el órgano instructor, de fecha 27 de agosto de 2026, y en uso de las competencias atribuidas por la Base 11ª de la convocatoria, esta Presidencia

RESUELVE:

1.- Aprobar la resolución definitiva de la Convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones taurinas de la Provincia de Guadalajara para el ejercicio 2026.

2.- Conceder las subvenciones a las entidades que se relacionan a continuación, por los importes que se detallan:

N.º de proyecto

Entidad Solicitante

CIF

Importe solicitado

% subvención

Importe propuesto

1

Asociación Cultural Taurina Peralejos de las Truchas

G56919640

770,00

80%

616,00

2

Federación de Peñas Taurinas Sierra-Alto Tajo

G26846055

2.000,00

70%

1.400,00

3

Asociación Cultural Peña Taurina "El Encierro" de Galápagos

G19287457

194,36

80%

155,49

4

Asociación Cultural Peña Taurina "El Encierro" de Galápagos

G19287457

1.210,00

80%

968,00

5

Asociación Cultural Peña Taurina "El Encierro" de Galápagos

G19287457

3.000,00

80%

2.000,00

6

Asociación Cultural Peña Taurina "El Encierro" de Galápagos

G19287457

1.000,00

80%

800,00

7

Peña Taurina "El Capote de San Antonio" de Aranzueque

G24995466

3.000,00

80%

2.000,00

8

Asociación Cultural "El Quite" de Yunquera de Henares

G19202910

2.000,00

80%

1.600,00

9

Asociación Peña Taurina "Saleri II" de Romanones

G19283209

8.000,00

80%

2.000,00

10

Asociación Taurina Villa de Atanzón

G19325695

1.928,00

80%

1.542,40

11

Asociación Cultural Taurina de Orea

G19311240

1.950,00

80%

1.560,00

12

Asociación Taurina Cultural Vacas al Henares

G19311935

2.000,00

80%

1.600,00

13

Asociación Taurina "La Tobilla" de Budia

G24779043

5.263,65

60%

2.000,00

14

Asociación Taurina Málaga del Fresno "Los Encinares"

G75626051

2.870,00

80%

2.000,00

15

Asociación Taurina Fuentenovilla

G13783121

1.700,00

70%

1.190,00

16

Asociación Escuela Taurina de Guadalajara

G19225051

10.850,00

70%

2.000,00

3.- Disponer la publicación de la presente resolución definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia.

4.- La presente resolución pone fin a la vía administrativa, por lo que contra la misma se puede interponer, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Guadalajara.

No obstante, potestativamente puede interponer recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Guadalajara, a 02 de septiembre de 2026. El Presidente de la Diputación D. José Luis Vega Pérez

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