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Lunes, 18 Mayo 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

1706

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 25/09/2014, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 2/2015, crédito extraordinario, que se hace público resumido por capítulos:

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Ayuntamiento de Argecilla

 

1706

Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 25/09/2014, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 2/2015, crédito extraordinario, que se hace público resumido por capítulos:

Estado de gastos

Capítulo

Descripción

Euros

VI

Inversiones reales

10.055,59

 

TOTAL GASTOS

10.055,59

     

Estado de ingresos

Concepto

Descripción

Euros

VIII

Remanente de tesorería para gastos generales

10.055,59

 

TOTAL INGRESOS

10.055,59

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Argecilla a 22 de abril de 2015.– El Alcalde, Pedro Alcalde Almazán.

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  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Argecilla
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