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Viernes, 28 Agosto 2026 08:08

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 3/2026

2284

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AYUNTAMIENTO DE TRIJUEQUE


2284

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario MP 3/2026, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Altas en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Crédito extraordinario

Créditos

finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

441

45000

A la Administración de la Comunidad Autónoma

0

9723,22€

9723,22€

 

 

TOTAL

 

9.723,22€

9723,22€

Altas en concepto de ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

 

 

Cap.

Art.

Conc.

 

 

87

 

 

Remanente de tesorería

9.723,22€

 

 

 

TOTAL INGRESOS

9723,22€

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Trijueque a 21 de agosto de 2026. El Alcalde- Presidente Javier Vela Valderas

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