AYUNTAMIENTO DE ESPINOSA DE HENARES
2231
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Bajas en Aplicaciones de Gastos
|
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Créditos a transferir |
Créditos finales |
|
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
|
334 |
48000 |
Promoción cultural. A familias sin ánimo de lucro |
6.000 |
2.000 |
4.000 |
|
341 |
48000 |
Promoción y fomento del deporte. A familias sin ánimo de lucro |
4.000 |
4.000 |
0 |
|
|
|
TOTAL |
|
6.000€ |
4.000€ |
Altas en Aplicaciones de Gastos
|
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Créditos a incorporar |
Créditos finales |
|
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
|
920 |
220 |
Administración General. Material de Oficina |
1.000 |
6.000 |
7.000 |
|
|
|
TOTAL |
|
6.000€ |
7.000€ |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente acuerdo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Espinosa de Henares, a 19 de agosto de 2.026. Eduardo Navarro Álvarez El Alcalde-Presidente
