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Miércoles, 12 Agosto 2026 08:08

APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚM. 1/2026

2169

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AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA DEL FRESNO


2169

Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado definitivamente aprobado el acuerdo plenario de 29 de junio de 2026, de aprobación inicial del expediente de modificación de créditos nº 1/2026, en el modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones presupuestarias de distintas áreas de gasto que no afectan a altas y bajas de crédito de personal del vigente Presupuesto.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 169.3, por remisión del 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 20.3 por remisión del 42.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, se hace público, siendo su resumen el siguiente:

Bajas en aplicaciones de gastos (Transferencias Negativa)

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Créditos a transferir

Créditos

finales

Progr.

Económica

1532

60900

Pavimentación vías públicas

62.735,00

-6.115,04

56.619,96

TOTAL

-6.115,04

 

Altas en aplicaciones de gastos (Transferencias Positivas)

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Créditos a incorporar

Créditos

finales

Progr.

Económica

1622

21000

Gestión residuos y mantenimiento punto limpio

7.000,00

3.000,00

10.000,00

454

61900

Mejora camino rurales

0,00

1.615,04

1.615,04

920

22706

Estudios y trabajos técnicos realizados por otras empresas

2.100,00

1.500,00

3.600,00

TOTAL

6.115,04

 

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, las personas interesadas podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Málaga del Fresno, a 7 de agosto de 2026. EL ALCALDE. Fdo.: Jaime Sanz Rodríguez

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