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Jueves, 06 Agosto 2026 08:08

EXPEDIENTE 4209/2026. TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A BANDAS DE MÚSICA Y ASOCIACIONES MUSICALES DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, AÑO 2026.

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE CULTURA


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En cumplimiento de lo establecido en la Base Novena de la citada Convocatoria y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se publica el Acuerdo de 28 de julio de 2026 de la Junta de Gobierno de Diputación Provincial de Guadalajara (punto nº 5), aprobando el Expediente 4209/2026.

Este acuerdo de Junta de Gobierno puede consultarse en la página web de la Diputación Provincial de Guadalajara (http://www.dguadalajara.es/web/guest/subvenciones-cultura).

“5. Expediente 4209/2026. Toma de conocimiento de la resolución provisional de la Convocatoria de Subvenciones a Bandas de Música y Asociaciones Musicales de la provincia de Guadalajara, año 2026.

El Sr. Presidente da cuenta de que:

Antecedentes:

1/ Con fecha 29 de junio de 2026, la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial aprobó las normas reguladoras de la convocatoria de subvenciones a las bandas y asociaciones musicales de la provincia de Guadalajara para la realización de actividades a lo largo del año 2026.

2/ Con fecha 3 de julio se publicaron en el BOP las normas reguladoras de esta convocatoria.

3/ De acuerdo con lo establecido en la Base 9ª de la convocatoria, con fecha 28 de julio de 2026 se reunió el órgano colegiado responsable de conocer, supervisar, estudiar, ponderar y valorar las solicitudes presentadas, levantándose la correspondiente acta que forma parte de este expediente.

4/ Como consta en el acta de la Comisión de Valoración se acuerda admitir las doce solicitudes presentadas, al cumplir todos los requisitos exigidos en la convocatoria.

5/ La Comisión de valoración, tras realizar las deliberaciones oportunas y aplicar los criterios de valoración establecidos en las normas, acordó otorgar las siguientes puntuaciones:

Entidad solicitante

Puntuación

Banda aula de música Señorío de Molina

35

Grupo musical Seguntino

21

Banda de música de la AMEC (Asociación y Escuela de Música y Danza El Casar)

32

Asociación banda de música de Brihuega

35

Banda de música municipal de Yebra

32

Asociación Artístico Cultural "Valle de la Nobleza", Banda de música de Almoguera

35

Asociación Ntra. Sra. Soledad de Fuentenovilla

29

Asociación recreativo musical de Cifuentes

31

Asociación cultural Banda de Música de Azuqueca

31

Asociación Santa María Magdalena de Mondejar

33

Asociación  Musical Jadraqueña

34

Asociación Filarmónica Briocense

31

6/ De acuerdo con lo establecido en la Base 7ª de la convocatoria, el porcentaje de subvención a conceder se determinará en función de la puntuación obtenida por cada solicitud. En este sentido, las solicitudes que hayan alcanzado una puntuación de entre 31 y 40 puntos podrán obtener una ayuda equivalente al 100 % del importe solicitado; aquellas que hayan obtenido entre 21 y 30 puntos, una subvención del 90 %; y las que hayan alcanzado una puntuación de hasta 20 puntos, una subvención del 80 % del importe solicitado.

7/ De acuerdo con lo establecido en la Base 8ª de la convocatoria la cuantía máxima de subvención será de 6.000 euros para las bandas y asociaciones musicales que cuenten con entre 15 y 30 componentes, y de 10.000 euros para aquellas que cuenten con más de 30 componentes.

Por todo ello, vista la propuesta del órgano de valoración.

La Junta de Gobierno por cuatro votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda:

1.- Aprobar a la vista de las consideraciones y límites establecidos en la convocatoria, la siguiente propuesta de concesión:

Entidad solicitante

CIF

Nº. de miembros

Puntua

ción

Porcentaje de subvención

Presupuesto actividad

Propuesta subvención

Banda aula de música Señorío de Molina

***1219**

32

35

100%

máximo 10.000 €

13.448,46

10.000,00

Grupo musical Seguntino

***1872**

29

21

90%

máximo 6.000 €

6.000,00

5.400,00

Banda de música de la AMEC (Asociación y Escuela de Música y Danza El Casar)

***1897**

55

32

100%

máximo 10.000 €

50.350,00

10.000,00

Asociación banda de música de Brihuega

***1231**

56

35

100% máximo 10.000 €

35.800,00

10.000,00

Banda de música municipal de Yebra

***1970**

18

32

100%

máximo 6.000 €

6.700,00

6.000,00

Asociación Artístico Cultural "Valle de la Nobleza", Banda de música de Almoguera

***1430**

55

35

100%

máximo 10.000 €

16.678,00

10.000,00

Asociación Ntra. Sra. Soledad de Fuentenovilla

***2970**

31

29

90%

máximo 10.000 €

6.000,00

5.400,00

Asociación recreativo musical de Cifuentes

***1854**

40

31

100% máximo 10.000 €

6.000,00

6.000,00

Asociación cultural Banda de Música de Azuqueca

***1880**

49

31

100% máximo 10.000 €

10.000,00

10.000,00

Asociación Santa María Magdalena de Mondejar

***1005**

60

33

100% máximo 10.000 €

10.000,00

10.000,00

Asociación Musical Jadraqueña

***2628**

35

34

100% máximo

10.000 €

21.026,86

10.000,00

Asociación Filarmónica Briocense

***2913**

30

31

100%

máximo 6.000 €

6.000,00

6.000,00

El importe total de las subvenciones concedidas, según la convocatoria, asciende a la cantidad de NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS euros (98.800,00€) que deberán ser abonados a las bandas y asociaciones musicales, con cargo a la partida presupuestaria 334-489.28 del vigente presupuesto.

2.- De conformidad con la Base 9.ª de la convocatoria, la presente propuesta de resolución provisional tiene la consideración de acto de trámite y no crea derecho alguno a favor de las entidades beneficiarias propuestas frente a la Administración, en tanto no se haya dictado y notificado la resolución definitiva de concesión.

3.- Publicar la presente propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, concediendo un plazo de diez días hábiles para la presentación de alegaciones por las entidades interesadas. Finalizado dicho plazo y examinadas, en su caso, las alegaciones presentadas, se formulará la correspondiente propuesta de resolución definitiva.

4.- La resolución definitiva del procedimiento será adoptada por el Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, como órgano competente, y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara”.

Este acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial resuelve el procedimiento de concesión de las subvenciones. Contra dicho acuerdo podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Guadalajara, 04 de agosto de 2026. El Presidente, José Luis Vega Pérez.

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