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Viernes, 31 Julio 2026 08:07

RECTIFICACIÓN BASES DE SELECCIÓN PERSONAL PLAN DE EMPLEO, ORDEN 46/2026

2060

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AYUNTAMIENTO DE HUMANES


2060

Por Resolución de Alcaldía nº 2026-0375, de 29/07/2026, se ha procedido a efectuar la rectificación, por error de hecho, de la Resolución de Alcaldía nº 2026-0290, de 09/06/2026, aprobatoria de las bases reguladoras de la convocatoria de selección de personas desempleadas en el marco del programa de apoyo activo al empleo (Orden 46/2026, de 7 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo), del siguiente tenor literal:

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Atendiendo a que, este Ayuntamiento de Humanes, formuló solicitud de subvención, del Plan de Empleo para el 2026, de conformidad con la Orden 46/2026, de 7 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del Programa de Apoyo Activo al Empleo y se efectúa la convocatoria para 2026.

Considerando que esta entidad local ha resultado beneficiaria de la ayuda pública citada, y aprobadas las bases, mediante Resolución de Alcaldía nº 2026-0290, de fecha 09/06/2026, reguladoras para la contratación de tres empleados/as para el “PROYECTO RELACIONADO CON EL MEDIO AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS” y una persona a emplear en el “PROYECTO DE UNA ADMINISTRACIÓN DEL SIGLO XXI” por CIENTO OCHENTA DÍAS NATURALES cada contratación.

Advertido error en la denominación del perfil del puesto correspondiente al “Proyecto para una administración del siglo XXI”.

Considerando que de conformidad a lo señalado en art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública: Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.”

En virtud de la competencia que me atribuye el art. 21.1 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

Resuelvo:

PRIMERO- Rectificar el error de hecho obrante en la Resolución de Alcaldía nº 2026-0290, de 09/06/2026 aprobatoria de las bases reguladoras de la convocatoria de selección de personas desempleadas en el marco del programa de apoyo activo al empleo (Orden 46/2026, de 7 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo); rectificación que se efectúa, en la propia resolución y bases aprobadas por ella, únicamente para Proyecto denominado” Proyecto para una Administración del Siglo XXI”, en el siguiente sentido:

  • Donde dice, perfil: Peón – Empleado Administrativo.
  • Debe decir, perfil: Empleado Administrativo.

SEGUNDO- Publicar la presente rectificación en el Boletín Oficial de la Provincia, sede electrónica del Ayuntamiento y Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial.”

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldesa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante la sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Guadalajara Plaza Nº 1, o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Castilla la Mancha, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer otro recurso que se pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Humanes, a 29 de julio de 2026. Fdo. Alcaldesa-Presidente. Elena Cañeque García.

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  • Municipios: Humanes
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