AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DEL CAMPO
1997
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 26 de junio de 2026, aprobó inicialmente el expediente de Modificación de créditos nº 6/2026, de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplemento en aplicaciones de gastos
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CAPÍTULO 2. GASTO CORRIENTE EN BIENES Y SERVICIOS |
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Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Importe (€) |
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338.22609 |
Fiestas populares y festejos. Actividades culturales y deportivas
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80.500,00 |
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342.22100 |
Instalaciones deportivas. Energía eléctrica |
153.758,31 |
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TOTAL CAPÍTULO 2: GASTO CORRIENTE EN BIENES Y SERVICIOS: 234.258,31 € |
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Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Suplemento en Concepto de Ingresos
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CAPITULO 8: Activos financieros |
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Aplicación presupuestaria |
Descripción |
Importe |
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870.00 |
Remanente de Tesorería para gastos generales |
234.258,31 € |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sección de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Instancia de Guadalajara, Plaza n.º 1, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Cabanillas del Campo, 23 de julio de 2026. Firmado.: El Alcalde, José García Salinas
