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Miércoles, 22 Julio 2026 08:07

RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA RECUPERACIÓN DE LAS BOTARGAS. AÑO 2026

1940

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. ÁREA DE TURISMO


1940

SERVICIO DE DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y PROGRAMAS EUROPEOS, GÉNERO Y DIVERSIDAD, Y TURISMO

ÁREA DE TURISMO

ANUNCIO

ACUERDO DE 23 DE JUNIO DE 2026 DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA POR EL QUE SE RESUELVE CON CARÁCTER PROVISIONAL EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA AYUNTAMIENTOS Y ASOCIACIONES DE LA PROVINCIA PARA LA RECUPERACIÓN DE LAS BOTARGAS, AÑO 2026.

En cumplimiento de lo establecido en la Base Decimosegunda de la citada Convocatoria, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la Resolución Provisional de la Convocatoria de subvenciones para ayuntamientos y asociaciones de la provincia de Guadalajara para la recuperación de las botargas, año 2026, y se procede a publicar el Acuerdo de 23 de junio de 2026 de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara.

19. (Expediente 473/2026). Toma de conocimiento de la Propuesta de Resolución Provisional del procedimiento de concesión de subvenciones y ayudas para la recuperación de las botargas dirigida a las Asociaciones y Ayuntamientos de los municipios de la provincia de Guadalajara, año 2026.

El Sr. Presidente da cuenta de que, visto el informe del Órgano Colegiado del presente procedimiento de concesión de subvenciones, emitido en fecha 19 de junio de 2026, tal y como consta en el acta de la reunión correspondiente y de conformidad con lo dispuesto en el art. 19 de la Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones, aprobada por acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 21 de febrero de 2025 y publicada en el BOP de Guadalajara, n º 71, de 11 de abril de 2025.

La Junta de Gobierno por cinco votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda:

PRIMERO. - Conforme al presupuesto disponible y el número de puntos obtenidos en la valoración se establece el valor del euro/punto:

  1. Para Ayuntamientos, en primera baremación, el valor del euro/punto es de 44,64 €/punto, producto de la división total del presupuesto (12.500,00 €) por el número total de puntos adjudicados (280 puntos). En segunda baremación, el valor del €/punto es de 38,44 €/punto, producto de la división total del remanente generado tras la primera baremación (4.035,78 €) por el número total de puntos adjudicados (105 puntos) entre los beneficiarios que no han recibido el 80% de la subvención solicitada tras la primera baremación.
  2. Para Asociaciones, en primera baremación, el valor del euro/punto es de 62,50 €/punto, producto de la división del total del presupuesto (12.500,00 €) por el número total de puntos adjudicados (200 puntos). En segunda baremación, el valor del euro/punto es de 238,75 €/punto, producto de la división total del remanente generado tras la primera baremación (8.356,26 €) por el número total de puntos adjudicados (35 puntos).

El importe máximo de la subvención no podrá exceder del 80% de los gastos subvencionables.

SEGUNDO. - Proponer la concesión provisional de las subvenciones a los Ayuntamientos que seguidamente se relacionan, en concepto de apoyo para coadyuvar en los costes derivados de la recuperación, mantenimiento y potenciación de esta manifestación festiva tradicional que se detallan:

Nº EXPTE.

CIF

AYUNTAMIENTO

OBJETO

TOTAL PUNTOS

PRESUPUESTO CON IVA

80% PPTO

PROPUESTA SUBVENCIÓN

3260/2026

P1914000C

Ayto. Fuencemillán

Indumentaria de la Botarga

35

262,26 €

209,81 €

209,81 €

3484/2026

P1919800A

Ayto. Malaguilla

Indumentaria de la Botarga

45

6.070,50 €

4.856,40 €

4.153,94 €

3506/2026

P1928900H

Ayto. Robledillo de Mohernando

Publicidad e indumentaria de la Botarga

40

2.015,74 €

1.612,59 €

1.612,59 €

3513/2026

P1922000C

Ayto. Mohernando

Material Promocional

30

592,90 €

474,32 €

474,32 €

3530/2026

P1929300J

Ayto. Romanones

Material Promocional

45

1.450,00 €

1.160,00 €

1.160,00 €

3532/2026

P1904200A

Ayto. Arbancón

Material Promocional

50

3.370,00 €

2.696,00 €

2.696,00 €

3537/2026

P1919600E

Ayto. Majaelrayo

Material promocional

40

400,00 €

320,00 €

320,00 €

TOTAL, subvención .............. 10.620,66€

TOTAL, beneficiarios ……..... 7

TERCERO. - Proponer la concesión provisional de las subvenciones a las Asociaciones que seguidamente se relacionan, en concepto de apoyo para coadyuvar en los costes derivados de la recuperación, mantenimiento y potenciación de esta manifestación festiva tradicional que se detallan:

Nº EXPTE.

CIF

ASOCIACIÓN

OBJETO

TOTAL PUNTOS

PRESUPUESTO CON IVA

80% PPTO

PROPUESTA SUBVEN.

3378/2026

G22632517

Asoc. Cultural La Botarga de San Sebastián de Valdepeñas de la Sierra

Indumentaria botarga

40

1.391,50 €

1.113,20 €

1.113,20 €

3511/2026

G19210020

Asociación Sociocultural Amigos de Beleña de Sorbe

Indumentaria botarga

35

544,10 €

435,28 €

435,28 €

3522/2026

G19037134

Asoc. Vecinos de Ribarredonda

Indumentaria botarga

25

400,00 €

320,00 €

320,00 €

3548/2026

G19323245

 Asociación de Botargas y Danzantes de Valdenuño

Indumentaria botarga

35

39,70 €

31,76 €

31,76 €

3550/2026

G19019520

Asoc. Cultural Amigos de Luzón

Indumentaria botarga

35

70,00 €

56,00 €

56,00 €

3551/2026

G19305739

Asoc. Cultural Amigos de Villaseca de Uceda

Material promocional

35

2.990,00 €

2.392,00 €

2.392,00 €

TOTAL, subvención ..............4.348,24 €

TOTAL, beneficiarios ……….6

CUARTO. - Proponer la desestimación de las subvenciones a las entidades que seguidamente se relacionan, por las motivaciones que igualmente se subrayan, de acuerdo con la correspondiente Convocatoria de subvenciones para la recuperación de las Botargas, año 2026:

N º EXPTE.

CIF

ENTIDAD

OBSERVACIONES

3258/2026

P1919300B

Ayto. Luzaga

NO ATIENDEN AL REQUERIMIENTO

3593/2026

P1917200F

Ayto. La Huerce

FUERA DE PLAZO

3594/2026

P1914800F

Ayto. Gajanejos

FUERA DE PLAZO

QUINTO. - Conceder un plazo de 10 días hábiles para la presentación de alegaciones, tras la publicación de esta resolución provisional en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en la cláusula decimosegunda de la convocatoria de subvenciones. Transcurrido dicho plazo y examinadas las alegaciones aducidas por los interesados, en su caso, la Junta de Gobierno formulará la propuesta de resolución definitiva. En el supuesto de que no se produjeran alegaciones o no se estimaran las mismas, será el Presidente el que aprobará dicha resolución.

SEXTO. - Publicar los presentes acuerdos en el Boletín Oficial de la Provincia”.

En Guadalajara, a 14 de julio de 2026. El Presidente de la Diputación Provinical de Guadalajara, D. Jose Luis Vega Pérez

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