AYUNTAMIENTO DE BARRIOPEDRO
1894
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2026, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
ESTADO DE GASTO
- OPERACIONES NO FINANCIERAS: 76.015,00 €
- OPERACIONES CORRIENTES
CAPÍTULO 1: Gastos de Personal: 18.751,00 €
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios: 28.607,00 €
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros: 400 €
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes: 256 €
-
- OPERACIONES DE CAPITAL
CAPÍTULO 6: Inversiones Reales: 28.001,00 €
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital:0 €
- OPERACIONES FINANCIERAS: 0 €
CAPÍTULO 8: Activos Financieros:0 €
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros:0 €
TOTAL: 76.015,00 €
ESTADO DE INGRESOS
- OPERACIONES NO FINANCIERAS: 76.015,00 €
- OPERACIONES CORRIENTES
CAPÍTULO 1: Impuestos Directos: 14.425,00 €
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos: 300,00 €
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos: 8.800,00 €
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes: 19.990,00 €
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales: 7.500,00 €
-
- OPERACIONES DE CAPITAL
CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales: 0 €
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital: 25.000,00 €
- OPERACIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO 8: Activos Financieros: 0 €
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros : 0 €
TOTAL: 76.015,00 €
PLANTILLA DE PERSONAL
- FUNCIONARIOS DE CARRERA
Secretaria - Intervención
Grupo A1
Nivel: 24
Plazas: Una
- PERSONAL LABORAL FIJO
* Auxiliar Administrativo, a tiempo parcial.
Plazas: Una.
RESUMEN
Funcionarios: 1
Laboral Fijo: 1
Laboral Temporal:1
TOTAL PLANTILLA: 3
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Barriopedro, a 14 de julio de 2026. El Alcalde. Fdo: Pablo Letón Gómez.
