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Miércoles, 15 Julio 2026 08:07

CONVOCATORIA Y BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE APOYO ACTIVO AL EMPLEO, CONVOCATORIA PARA 2026

1867

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AYUNTAMIENTO DE CHILOECHES


1867

En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de Alcaldía de fecha 8 de julio de 2.026, se anuncia la convocatoria y las bases reguladoras del proceso de selección para la contratación de 7 personas desempleadas y en situación de exclusión social, en el marco de la Orden 46/2026, de 7 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones, para la puesta en marcha del Programa de Apoyo Activo al Empleo, cofinanciables por el Fondo Social Europeo Plus.

CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS Y POSTERIOR CONTRATACIÓN EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE APOYO ACTIVO AL EMPLEO, PARA LOS PROYECTOS: "CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL MEDIO NATURAL, GESTIÓN Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS" Y “UNA ADMINISTRACIÓN PARA EL SIGLO XXI.

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria se regulará de conformidad con lo dispuesto en la Orden 46/2026, de 7 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del Programa de Apoyo Activo al Empleo y se efectúa la convocatoria para 2026.

El objeto de la presente convocatoria es: la selección para la contratación de personas desempleadas, especialmente paradas de larga duración y las que estén en situación de exclusión social, junto con la oferta genérica realizada al Servicio Público de Empleo de trabajadores/as para llevar a cabo los siguientes proyectos:

  • Conservación y mantenimiento del medio natural. Para este proyecto se contratarán a 6 personas para el puesto de peón.
  • Una administración para el siglo XXI. Para este proyecto se contratará a 1 persona para el puesto de auxiliar administrativo.

Establecer las bases generales que han de regular el proceso de selección para la contratación de 7 trabajadores desempleados que concurran a la convocatoria pública realizada por el Ayuntamiento de Chiloeches, para la puesta en marcha del Programa de Apoyo Activo al Empleo para 2026, regulado por Orden 46/2026 de la Consejería de Economía, Empresas, y Empleo.

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione alguna dificultad perturbadora añadida para la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, tales como participante, peón, solicitante, aspirante, etc. debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.

SEGUNDA. - REQUISITOS GENERALES DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES.

Requisitos generales.

  1. Tener la nacionalidad española (o de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen libre circulación de trabajadores, debidamente acreditado), según lo dispuesto en el artículo 57 deL RDL 2/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
  2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño de las funciones para las que se contrata.
  3. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
  4. No hallarse incurso en causa de incapacidad e incompatibilidad, de conformidad con la legislación vigente.
  5. En ningún caso podrá trabajar más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiese otros demandantes de empleo y existieran puestos a cubrir.
  6. Estar inscritos en las Oficinas de empleo de Castilla-La Mancha como demandantes de empleo, no ocupados.

Conforme establece el artículo 16 de la Orden reguladora, los participantes deberán reunir los siguientes requisitos específicos:

  1. Las contrataciones subvencionables deberán formalizarse con personas incluidas en alguno de los siguientes colectivos vulnerables:
    1. Personas demandantes de empleo y servicios inscritas en una Oficina Emplea de Castilla-La Mancha, en situación laboral de no ocupadas a la fecha de registro de la oferta, que hayan permanecido inscritas, como ocupadas o no ocupadas, al menos 360 días, dentro de los 540 días anteriores a dicha fecha y que pertenezcan a alguno de estos grupos y reúnan los respectivos requisitos a fecha de registro de la oferta:
      1. Personas entre 30 y 66 años, ambos incluidos, que no sean perceptoras de prestaciones contributivas por desempleo.
      2. Personas menores de 30 años o mayores de 66 años, en las mismas condiciones que en el grupo anterior, cuando tuvieran responsabilidades familiares, cuando exista informe favorable de los Servicios Sociales Básicos para su inclusión en el Programa o cuando hayan sido priorizadas por las Oficinas Emplea de Castilla-La Mancha.
      3. Personas entre 30 y 66 años, ambos incluidos, que hayan cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, al menos doce meses dentro de los diez años anteriores a contar desde la publicación de esta orden y que estén inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las Oficinas Emplea de Castilla-La Mancha, que hayan agotado su prestación por cese de actividad o una prestación por desempleo a nivel contributivo.
      4. Personas que, conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado; y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas, que hayan estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes.
    2. Personas demandantes de empleo y servicios en situación laboral de no ocupadas, registradas en una Oficina Emplea de Castilla-La Mancha a la fecha del registro de la oferta, que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. A tal efecto, se considera que también presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33% las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez.
    3. Personas jóvenes con baja cualificación. Se consideran como tales a las personas con edades entre los dieciocho años y que no hayan alcanzado los treinta inscritas como beneficiarias en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil siempre que, en ambos casos, no cuenten con ninguna de las titulaciones previstas en el artículo 11.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, para la conclusión de un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al correspondiente nivel de estudios.
    4. Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
    5. Personas con trastornos del espectro autista y personas víctimas de trata de seres humanos.
    6. Colectivos relacionados en el artículo 1 de la Ley 5/2022, de 6 de mayo, de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha, que acrediten, por sentencia judicial firme, que han sido despedidos o que han sufrido discriminación laboral por su condición sexual.
    7. Las personas trabajadoras que, en los cinco años anteriores a la publicación de esta orden, hayan sido despedidos de acuerdo con los artículos 51 y 52.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como los/as trabajadores/as cuyo contrato de trabajo se extinga conforme a lo previsto en los artículos 169 a 185 del texto refundido de la Ley Concursal aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, siempre que tengan una antigüedad mínima en la empresa o grupo de empresas de dos años. En el caso de trabajadores con contrato a tiempo parcial o fijo discontinuo la antigüedad se computará de fecha a fecha desde la fecha de ingreso en la empresa, hasta la fecha del despido.
    8. Sin perjuicio de las priorizaciones establecidas en los apartados anteriores, podrán participar otras personas demandantes de empleo y servicios en situación laboral de no ocupadas, registradas en una Oficina Emplea de Castilla-La Mancha el día anterior al inicio de la relación laboral, que se encuentren incluidas en alguno de los colectivos relacionados en el artículo 50.1 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, siempre que no existieran personas pertenecientes a los colectivos indicados en los apartados anteriores.

En todo caso, las personas a contratar deberán ser demandantes de empleo y servicios en situación laboral de demandantes de empleo no ocupadas registradas en una Oficina Emplea de Castilla-La Mancha, el día anterior al del inicio de la relación laboral.

TERCERA.- REQUISITOS ESPECÍFICOS

Puesto de auxiliar administrativo: Grado medio de Técnico en Gestión Administrativa. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar homologada y acreditar tal extremo, debiendo acompañarlo en la solicitud.

CUARTA. - OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES

  1. Son obligaciones de las personas contratadas:
    1. Participar de forma activa en alguna de las acciones de orientación que se le propusieran para su inserción laboral por parte de la entidad beneficiaria o la Oficina Emplea de Castilla-La Mancha. Dichas acciones deberán realizarse una vez que la persona ha sido seleccionada por la entidad, bien con anterioridad al inicio de la relación laboral o durante la misma, si fuera compatible, o a su finalización.
    2. Las personas que se encuentren en situación de exclusión podrán realizar acciones formativas de forma voluntaria a propuesta de los Servicios Sociales de Atención Primaria.
    3. No rechazar o desatender de forma injustificada las actividades propuestas desde la oficina Emplea de Castilla-La Mancha
    4. Aportar la documentación e información que se le requiera, a los efectos de su participación en los proyectos objeto de subvención.
  2. Las personas que estén participando en el Programa de Apoyo Activo al Empleo de una entidad al amparo de esta orden y renuncien voluntariamente, no podrán ser contratadas ni seleccionadas para participar en el mismo programa de otra entidad, o de la misma entidad salvo que en este último caso no existieran personas candidatas.
  3. El incumplimiento de las obligaciones señaladas en los apartados anteriores o el falseamiento de cualquier información suministrada previamente a la contratación, dará lugar a la expulsión del programa de apoyo activo al empleo y podrá suponer, en su caso, el inicio del correspondiente procedimiento sancionador, conforme lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

CAUSAS DE EXCLUSIÓN.

  1. No cumplir los requisitos de la convocatoria.
  2. El incumplimiento de las obligaciones o la falsedad documental y falta de veracidad en los datos aportados.
  3. No aportar, en el tiempo y la forma establecida para ello, la documentación solicitada.
  4. No podrán ser contratadas más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiese otras personas demandantes de empleo en el ámbito territorial de ejecución de las actuaciones y existieras puestos a cubrir o se acreditara una situación de necesidad, ante la oficina de empleo correspondiente, mediante informe de los servicios sociales
  5. Encontrarse en situación de inhabilitación mediante expediente disciplinario para el ejercicio de las funciones públicas de los servicios al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales.

QUINTA. - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

Podrán participar aquellas personas inscritas en la Oficina de Empleo con el perfil solicitado a la misma, sin perjuicio de la documentación que pueda requerirse por parte del Ayuntamiento.

No obstante, quienes deseen participar en la selección deberán solicitarlo mediante instancia (ANEXO I) junto con la documentación requerida que se presentarán, en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Registro General del Ayuntamiento de Chiloeches, en horario de lunes a viernes, de 9 horas a 14 horas, donde será debidamente registrada, o bien a través del registro telemático del Ayuntamiento de Chiloeches, con certificado FNMT o DNI electrónico, las 24 horas, en la siguiente dirección: https://chiloeches.sedelectronica.es

También se podrá presentar a través de cualquiera de las formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común.

Cualquier documento que se pretenda hacer valer, emitido en lengua distinta al castellano, únicamente será tenido en cuenta si viene acompañado de la correspondiente traducción oficial realizada por traductor jurado o validado por el consulado u oficina diplomática correspondiente.

Los requisitos, circunstancias y condiciones no alegados o no acreditados documentalmente por los solicitantes en el plazo de presentación de solicitudes, no podrán ser valorados.

SEXTA. - OFERTA GENÉRICA DE EMPLEO.

De conformidad con el artículo 24 de la Orden reguladora:

El Ayuntamiento de Chiloeches, previa a la apertura de los plazos que se indican en la base quinta, remitirá con una antelación mínima de 5 días hábiles una oferta genérica de empleo que contendrá el número de personas por puesto que precisa cubrir, de conformidad con la memoria de los proyectos aprobados.

Las personas candidatas que opten a los puestos de trabajo deberán entregar la carta de presentación que la oficina de empleo les facilite junto con la documentación indicada en la base 10ª.

La selección de las personas a contratar en el marco de los proyectos regulados en esta orden, se realizará entre las personas desempleadas enviadas por la oficina de empleo de referencia, sobre la base de la adecuación al perfil solicitado para los puestos de trabajo ofertados y el cumplimiento de los requisitos exigidos para participar en los proyectos.

Se podrá contratar a otras personas distintas a las enviadas por la oficina de empleo, siempre que las mismas reúnan los requisitos exigidos en el artículo 16 de la Orden, previa comprobación de los mismos por parte de la oficina de empleo.

El Ayuntamiento remitirá a la oficina de empleo la propuesta de personas a contratar, con objeto de que por ésta se verifique el cumplimiento de los requisitos relativos a inscripción, percepción o no de prestaciones e itinerarios por las mismas para participar en los proyectos, con anterioridad a la publicación del acta de selección.

SÉPTIMA. - MODALIDAD DE CONTRATO Y JORNADA LABORAL.

El contrato de trabajo tendrá una duración de 6 meses (180 días), no prorrogable, para la ejecución de los proyectos objeto de esta convocatoria, en los términos previstos en la Disposición adicional novena de la Ley 3/2023, de 28 de febrero.

Las personas seleccionadas trabajarán las mismas horas semanales que el resto de los trabajadores del Ayuntamiento, de lunes a domingo, en horario y jornada que para cada puesto se determinara en el contrato correspondiente y según calendario establecido por los responsables de los servicios, adaptándose a las necesidades a cubrir.

Las personas contratadas, percibirán el salario mínimo interprofesional (SMI), más la parte proporcional de las pagas extraordinarias prorrateadas.

Se establece un periodo de prueba de 1 mes desde la formalización del contrato. De producirse un despido por la no superación del periodo de prueba, esta entidad procederá a la sustitución por orden de la lista de seleccionados.

OCTAVA. – CRITERIOS DE SELECCIÓN.

Valoración de las circunstancias personales y puntuación de las mismas:

  1. Víctimas de violencia de género: las víctimas de violencia de genero tendrán reservado el 15% de las contrataciones a celebrar.
  2. El 25 % de los contratos recogidos en esta convocatoria quedarán reservados a personas en situación de exclusión social que, con anterioridad a su contratación, sean demandantes de empleo y servicios en situación laboral de no ocupadas registradas en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha.

Y al menos el 7% de la totalidad de los contratos subvencionados deberán realizarse con personas en situación de exclusión social que, además, tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%

  1. Puntuación en función del número de hijos/as menores de la unidad familiar, a cargo del/la solicitante :

Se entenderá por unidad familiar lo establecido en el último párrafo de esta base.

NÚMERO DE HIJOS/AS

PUNTOS

1 hijo/a

0,5 puntos

2 hijos/as

1 puntos

3 o más hijos/as

2 puntos

  1. Puntuación en función de la edad:

EDAD SOLICITANTE

PUNTOS

Mayores de 50 años

1 puntos

  1. Personas que no hayan participado en ningún Programa de Empleo del Ayuntamiento en el años anteriores, se valorará con 2 puntos.
  2. Tiempo de permanencia en desempleo durante los últimos 5 años: Por cada periodo adicional de 3 meses de desempleo, por encima de los 360 días que exige la Orden, se otorgará 0.1 puntos hasta un máximo de 2.
  3. Renta per cápita familiar, que se calculará de la siguiente forma: la suma de los ingresos brutos de todos los miembros de la unidad de convivencia, derivados de rendimientos de trabajo y alquileres, obtenidos durante 2025 y dividido entre el número de miembros de la unidad empadronada que conviven con el solicitante.

Unidad de CONVIVENCIA Se considerarán miembros de la unidad de convivencia, los miembros que estén empadronados en el mismo domicilio, es decir, el/a solicitante y las personas empadronadas en el domicilio, con independencia de la relación familiar, social o convivencial de cada uno de sus miembros.

La renta per cápita familiar se valorará de acuerdo a la siguiente tabla:

RENTA FAMILIAR

PUNTOS

Menos de 3000 € anuales

4 puntos

Entre 3001 € y 8000 € anuales

3 puntos

Entre 8001 € y 12000 € anuales

2 puntos

Entre 12001 € y 20000 € anuales

1 puntos

Más de 20000 € anuales

0 puntos

Las pensiones de alimentos a favor de los/as hijos/as se considerarán un ingreso más de la unidad familiar, o gasto a deducir, en caso contrario.

En igualdad de puntuaciones, se priorizarán las siguientes circunstancias:

  1. Las personas que no fueron contratadas en el marco de la Orden 220/2024.
  2. Las personas mayores de 50 años.
  3. Las mujeres.
  4. Las personas con mayor antigüedad en la tarjeta de demanda de empleo.

NOVENA. - COMISIÓN LOCAL DE VALORACIÓN

La comisión local de selección ordenará a los aspirantes por orden de puntuación obtenida según el baremo de la convocatoria, publicando un listado provisional de aspirantes que contará con cinco días de reclamaciones, trascurridos los cuales y teniendo en cuenta las alegaciones presentadas, la comisión local de selección publicará el listado definitivo. Ambos listados serán publicados en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento de Chiloeches.

El listado provisional, en última instancia quedará condicionado a la comprobación (en cualquier momento del proceso y antes de la contratación) por el órgano pertinente que los candidatos cumplen los requisitos enunciados en la Orden 46/2026, de 7 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Apoyo activo al empleo en Castilla La Mancha.

Los candidatos que resulten finalmente seleccionados deberán acreditar documentalmente, en el plazo de tres días naturales, los requisitos exigidos en las presentes bases reguladoras.

Si con anterioridad a la firma del contrato y salvo casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto para la prestación de servicios, no presentara la documentación que acreditara el cumplimiento de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado, y quedarán anuladas todas sus actuaciones.

Las personas aspirantes que no hayan sido seleccionas pasarán, según el orden de puntuación, a una lista de suplentes, y serán llamadas por riguroso orden en el supuesto de producirse alguna baja o renuncia entre las personas titulares de esta primera convocatoria.

DÉCIMA. - DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR EL/A SOLICITANTE.

  • Solicitud que incluye declaración responsable cumplimentada (Anexo I).
  • Carta de Presentación remitida por el Servicio Público de Empleo (si la tuviera).
  • Fotocopia del DNI o NIE en vigor.
  • Fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo actualizada.
  • Informe del último periodo de inscripción como demandante de empleo y de todos los miembros de la unidad familiar que se encuentren desempleados.
  • Certificado expedido por la oficina de empleo relativo a la no percepción de prestación, subsidio o ayuda de protección frente al desempleo.
  • Certificado de Empadronamiento: Si el candidato reside en Chiloeches, el certificado de empadronamiento será solicitado de oficio por la Comisión de Selección y será incorporado a la solicitud. A tal efecto, se establece la posibilidad de que el Ayuntamiento pueda requerir al solicitante la aclaración de la documentación aportada en el caso en que el certificado de empadronamiento no concuerde con los datos declarados por las personas solicitantes en lo relativo a la unidad familiar. En el supuesto de personas empadronadas en otras localidades, deberán aportar el certificado familiar de empadronamiento.
  • Fotocopia del Libro de Familia o documento acreditativo (si el solicitante tiene hijos menores de 25 años).
  • Las mujeres víctimas de violencia de género deberán acreditarlo documentalmente, según lo señalado en el Real Decreto 1917/2008, BOE nº297, mediante la entrega de los siguientes documentos: sentencia condenatoria, resolución judicial en la que se acuerdan las medidas cautelares para la protección de la víctima o a través de la orden de protección en vigor. En su defecto, informe del Instituto de la Mujer que lo acredite.
  • Si la persona solicitante posee alguna discapacidad deberá documentarlo mediante el certificado acreditativo.
  • Fotocopia del certificado de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho, en su caso.
  • Informe de vida Laboral actualizado.
  • Declaración del IRPF ejercicio 2026, o certificado de imputaciones de renta de Hacienda.
  • Certificado emitido por la Consejería de Bienestar Social en el caso de convivir y ser cuidador de personas dependientes.
  • Diversidad sexual y derechos LGTBI deberán aportar la Sentencia que acredite haber sido despedidos o que hayan sufrido discriminación laboral por su condición sexual.
  • Personas con trastornos de espectro autista deberán aportar Certificado expedido por el órgano competente, reconociendo tal condición, y Certificado de compatibilidad con el puesto de trabajo a desarrollar emitido por la entidad competente.

Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hagan constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

LA FALSEDAD DE DATOS MANIFESTADOS EN LA SOLICITUD Y MEDIANTE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE SUPONE LA EXCLUSIÓN AUTOMÁTICA DEL PROCESO SELECTIVO Y LA EXTINCIÓN EN SU CASO DEL CONTRATO DE TRABAJO.

DÉCIMA - Relaciones con el ciudadano

Las presentes Bases Reguladoras para la contratación de personas desempleadas, así como los actos que se deriven de su ejecución se publicarán en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Chiloeches (https://chiloeches.sedelectronica.es )

Los interesados podrán acceder a información que contenga datos de carácter personal a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Chiloeches (https://chiloeches.sedelectronica.es).

En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.

ANEXO I

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LA SELECCIÓN PARA LA FORMACIÓN DE BOLSA DE TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS Y EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL POR EL AYUNTAMIENTO DE CHILOECHES, COFINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA

D./Dª ____________________________, con DNI/NIE Nº________________, Y domicilio en C/_________________________ , de_________________ , Con teléfono de contacto nº____________________ .

EXPONE:

PRIMERO. Que reúne los requisitos exigidos en las Bases de Convocatoria pública de selección para la formación de bolsa de trabajo para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social por el Ayuntamiento de Chiloeches, cofinanciado por el Fondo Social Europeo Plus, aprobadas por Resolución de Alcaldía, y los exigidos por las Bases de Convocatoria, aprobadas por Orden 46/2026, de 7 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, reguladora de las bases para la concesión de subvenciones a entidades locales para la puesta en marcha del Programa de Apoyo Activo al Empleo, publicadas en el DOCM nº66 de fecha 9 de abril de 2026.

SEGUNDO. Que desea participar en la selección para el proyecto con cargo al Plan de Empleo de personas desempleadas y en situación de exclusión social, denominado:

  1. Conservación y Mantenimiento del medio natural.
  2. Una administración para el siglo XXI 

TERCERO. Que autoriza al Ayuntamiento de Chiloeches para que obtenga todos los datos relativos a lo declarado responsablemente en dicha solicitud, directamente a través de la Red Sara, o indirectamente, solicitando los datos a otras Administraciones.

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:

  1. Que figura inscrito/a como demandante de empleo en una Oficina de Empleo de Castilla-La Mancha.
  2. Que no percibe prestación contributiva por desempleo.
  3. Que alega las siguientes situaciones (marcar con una X lo que proceda):
    • Mujer Víctima de Violencia de Género (aporta sentencia, orden de protección o alejamiento, informe Ministerio Fiscal). Asignación de seudónimo ___________________________________________
    • Discapacidad superior al 33% (aporta certificado de minusvalía)
    • Cargas familiares por hijos /acogidos a su cargo*. N.º............Edad
    • Todos los miembros de la unidad familiar se hallan en situación de desempleo (Aporta tarjeta de inscripción como desempleados de todos los miembros de la unidad familiar).
    • Que convive con una persona dependiente o ha estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidador/a de personas dependientes (aporta resolución o certificado de Bienestar Social)
    • Cuenta con informe favorable de los Servicios Sociales de la Consejería de Servicios Sociales o ha sido priorizado por la oficina de empleo.
    • Personas jóvenes con baja cualificación.
    • Personas con incapacidad intelectual límite, personas con trastornos del espectro autista y personas víctimas de trata de seres humanos.
    • Colectivos relacionados en el artículo 1 de la Ley 5/2022, de 6 de mayo, de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI en Castilla-La Mancha.

El/a abajo firmante solicita ser admitido/a a las pruebas selectivas para el proceso de selección de la plaza de Peón dentro del Programa de Apoyo Activo al Empleo del Ayuntamiento de Chiloeches, y DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones exigidas para el ingreso y las especialmente señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud.

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

Responsable

Ayuntamiento de Chiloeches

Finalidad Principal

Contratación de personal y servicios públicos

Legitimación

Misión de Interés Público o Ejercicio de poderes públicos: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Categoría

Datos identificativos.

Destinatarios

Los datos se cederán a Administraciones Públicas con competencias en la materia.

Derechos

Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como cualesquiera otros derechos que les correspondan, tal y como se explica en la información adicional.

Procedencia

El mismo interesado o su representante legal.

  • En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, queda Ud. informado que los datos de carácter personal que ha suministrado serán incorporados a un fichero automatizado con tratamiento de datos, quedando bajo responsabilidad del Ayuntamiento de Guadalajara como titular del fichero, teniendo usted derecho en todo caso a exigir el acceso, rectificación, cancelación y oposición al uso de los mismos en las dependencias de este Ayuntamiento. Los datos recabados tienen por finalidad la realización de acciones facilitadoras de empleo, así como del conjunto de actividades propias de la Agencia de Desarrollo Local, quedando en todo caso garantizado el uso legítimo y seguridad de tales datos de carácter personal.

En .….…………, a………de………………………….de 2026.

El solicitante,

Fdo.:……………………………..

Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Chiloeches (Guadalajara).

En Chiloeches, a 10 de julio de 2026. El Alcalde, Fdo.: Marcos Cascajero Cascajero

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Chiloeches
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