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Viernes, 10 Julio 2026 08:07

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO 1/2026

1830

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AYUNTAMIENTO DE TORIJA


1830

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto

Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Torija, de fecha 10 de junio de 2026 por el que se aprobó el expediente de modificación de créditos n.º 1/2026 en la modalidad de crédito extraordinario, dado que no se han formulado alegaciones durante el plazo de exposición al público tras su publicación en el BOP nº 111 del día 15 de junio de 2026, con el siguiente resumen por artículos:

Modificaciones Presupuesto de Gastos

APLIC-PRESUPUESTARIA

DENOMINACION

CRED.INICIAL

CREDIT.EXTRA

 

 

 

 

 

1532

61901

Pavimentación de vías públicas

-

69.500,00

161

609

Construcción depósito de agua potable

-

525.100,00

 

 

TOTAL

 

594.600,00

Modificaciones en aplicaciones de INGRESOS

APP

N.º

Descripción

EUROS

Cap. Art. Concepto

 

 

 

870.00

1

Remanente tesorería gastos generales

594.600,00

 

 

TOTAL INGRESOS

594.600,00

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

La interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Torija a 7 de julio de 2026. El Alcalde-Presidente. Alvaro Murillo Bonacho.

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