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Lunes, 22 Junio 2026 08:06

EXPROPIACIÓN FORZOSA. PAGO DE INDEMNIZACIONES EN CONCEPTO DE INTERESES DE DEMORA.

1601

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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO


1601

El día 10 de junio de 2026, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, firma la propuesta de autorización, compromiso, reconocimiento de la obligación y pago, para proceder al pago de indemnizaciones en concepto de intereses de demora a los titulares de bienes y derechos de las siguientes fincas afectadas por el EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA MOTIVADO POR LAS OBRAS “MODIFICADO Nº 1 DEL PROYECTO DE ABASTECIMIENTO A LA FUTURA MANCOMUNIDAD DE LOS NÚCLEOS COLINDANTES CON LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS Y BUENDÍA (GUADALAJARA Y CUENCA)”. Clave: 03.399.001/2121:

TÉRMINO MUNICIPAL

FINCA

POL

PAR

CIFUENTES

EX13/01-01/11044

1

02368

CIFUENTES

EX13/01-01/11046

2

00747

OLIVAR, EL

EX13/01-01/12002

2

00007

OLIVAR, EL

EX13/01-01/12005

2

00006

OLIVAR, EL

EX13/01-01/12006

2

06105

OLIVAR, EL

EX13/01-01/12009

2

06109

ESCAMILLA

EX13/01-01/15001

9

00199

ESCAMILLA

EX13/01-01/15012

9

00187

ESCAMILLA

EX13/01-01/15013

9

00372

ESCAMILLA

EX13/01-01/15014

9

00186

RECUENCO, EL

EX13/01-00/13011

515

10034

RECUENCO, EL

EX13/01-00/13013

513

00004

El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los interesados. Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia bancaria, serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación, esta Confederación Hidrográfica procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo el pago de las mismas.

Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Reglamento de Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

En Madrid, a 17 de junio de 2026. El Secretario General. Álvaro Agustín de Torres Suárez.

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