AYUNTAMIENTO DE SIGÜENZA
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En virtud de Resolución de Alcaldía nº. 2026-0946, de fecha 09/06/2026 del Ayuntamiento de Sigüenza, se ha aprobado modificación de delegación de Competencias de la Alcaldesa efectuada en fecha 13/04/2026 , al advertirse omisión por error involuntario en una de las delegadas, cuyo contenido literal de la Resolución se transcribe literalmente:
"PRIMERO. Con fecha 13 de abril de 2026, se dictó la Resolución de Alcaldía n.º 2026-0527, por la que se aprobó la delegación de la facultad de firmar actos y resoluciones de esta Alcaldía en diversos Concejales de la Corporación, siendo publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara n.º 71, de fecha 16 de abril de 2026.
SEGUNDO. Advertida la omisión involuntaria en el apartado Primero, punto 1 (Área de Contratación), relativo a los contratos de competencia de la Junta de Gobierno Local, donde se omitió detallar explícitamente la facultad de formular y elevar propuestas de acuerdo a dicho órgano colegiado —facultad que sí se previó de forma homogénea para otras áreas como Urbanismo—, se hace necesario proceder a su modificación con el fin de dotar de la máxima celeridad, agilidad e impulso a la gestión de los expedientes de contratación municipal.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
ÚNICO. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y los artículos 43, 44 y 114 a 118 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), la Alcaldía ostenta la plena potestad para organizar las delegaciones de firma y resolver sobre su modificación o alcance.
Visto lo expuesto, y en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,
RESUELVO
PRIMERO. Modificar el punto 1 del Apartado Primero ("Área de Contratación") de la Resolución de Alcaldía n.º 2026-0527, de fecha 13 de abril de 2026, concretamente en su segundo guion, el cual pasará a tener la siguiente redacción literal:
«1. ÁREA DE CONTRATACIÓN
(...)
Contratos de competencia de la JGL: Facultad de firmar los actos de trámite, impulso, aprobación de expedientes de contratación y pliegos, así como la formulación y elevación de propuestas de acuerdo a la Junta de Gobierno Local, y la firma de los contratos administrativos una vez hayan sido adjudicados por dicha Junta
SEGUNDO. Mantener inalterado el resto del contenido, términos, condiciones y exclusiones de la Resolución de Alcaldía n.º 2026-0527, de 13 de abril de 2026.
TERCERO. El presente Decreto de modificación surtirá efectos desde el día siguiente al de su firma, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y de su dación de cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que se celebre.
CUARTO. Dar cuenta de la Resolución al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre."
En Sigüenza a 11 de junio de 2026. La Alcaldesa, María Jesús Merino Poyo.
