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Miércoles, 03 Junio 2026 08:06

APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE 672/2026, DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA, MODALIDAD SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADO CON CARGO A REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES

1454

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AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO


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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente 672/2026, de modificación presupuestaria, modalidad suplemento de crédito financiado con cargo a remanente de tesorería para gastos generales, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplemento en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de crédito

Créditos finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

3420

62209

Ampliación vestuarios piscina cubierta

240.115,28

80.000,00

320.115,28

 

 

TOTAL

240.115,28

80.000,00

320.115,28

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Suplementos en concepto de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

87000

Remanente de tesorería para gastos generales

80.000,00

 

 

 

TOTAL INGRESOS

80.000,00

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Marchamalo a 1 de junio de 2026. Firmado EL ALCALDE D. Rafael Esteban Santamaría

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