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Lunes, 01 Junio 2026 08:06

EXPROPIACIÓN FORZOSA. PAGO DE INDEMNIZACIONES EN CONCEPTO DE INTERESES DE DEMORA.

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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO


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El día 24 de mayo de 2026, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, firma la propuesta de autorización, compromiso, reconocimiento de la obligación y pago, para proceder al pago de indemnizaciones en concepto de intereses de demora a los titulares de bienes y derechos de las siguientes fincas afectadas por el EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA MOTIVADO POR LAS OBRAS “MODIFICADO Nº 1 DEL PROYECTO DE ABASTECIMIENTO A LA FUTURA MANCOMUNIDAD DE LOS NÚCLEOS COLINDANTES CON LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS Y BUENDÍA (GUADALAJARA Y CUENCA)”. Clave: 03.399.001/2121:

TÉRMINO MUNICIPAL

FINCA

POL

PAR

CIFUENTES

EX13/01-01/10036

5

00120

CIFUENTES

EX13/01-01/10037

5

00121

CIFUENTES

EX13/01-01/10043

5

00141

CIFUENTES

EX13/01-01/10046

5

00144

CIFUENTES

EX13/01-01/10053

9

00424

CIFUENTES

EX13/01-01/11002

1

03131

CIFUENTES

EX13/01-01/11005

2

00047

CIFUENTES

EX13/01-01/11006

2

00048

CIFUENTES

EX13/01-01/11008

2

11207

CIFUENTES

EX13/01-01/11011

2

00750

CIFUENTES

EX13/01-01/11015

2

00096

CIFUENTES

EX13/01-01/11016

2

00745

CIFUENTES

EX13/01-01/11017

2

00821

CIFUENTES

EX13/01-01/11020

1

03132

CIFUENTES

EX13/01-01/11021

000600100WL31B

0

CIFUENTES

EX13/01-01/11023

2

00749

CIFUENTES

EX13/01-01/11024

1

02674

CIFUENTES

EX13/01-01/11025

1

02973

CIFUENTES

EX13/01-01/11031

1

03095

CIFUENTES

EX13/01-01/11032

1

02370

CIFUENTES

EX13/01-01/11035

2

00095

CIFUENTES

EX13/01-01/11038

1

03116

CIFUENTES

EX13/01-01/11043

1

02672

El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los interesados. Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia bancaria, serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación, esta Confederación Hidrográfica procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo el pago de las mismas.

Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Reglamento de Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

En Madrid, a 27 de mayo de 2026. El Secretario General. Álvaro Agustín de Torres Suárez

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