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Viernes, 08 Mayo 2026 08:05

APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTO 2026

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AYUNTAMIENTO DE ARMUÑA DE TAJUÑA


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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2026 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

RESUMEN DEL PRESUPUESTO A NIVEL DE CAPÍTULOS PRESUPUESTO DE GASTOS

  1. Gastos de personal: 162.361 euros.
  2. Gastos corrientes en bienes y servicios: 111.139 euros.
  3. Gastos financieros: 0 euros.
  4. Transferencias corrientes: 19.500 euros.
  5. Fondo de contingencia: 0 euros.
  6. Inversiones reales: 47.000 euros.
  7. Transferencias de capital: 0 euros.
  8. Activos financieros: 0 euros.
  9. Pasivos financieros: 0 euros.

TOTAL: 340.000 euros

PRESUPUESTO DE INGRESOS

  1. Impuestos directos: 108.410 euros.
  2. Impuestos indirectos: 10.000 euros.
  3. Tasas, precios públicos y otros ingresos: 59.700 euros.
  4. Transferencias corrientes: 111.090 euros.
  5. Ingresos patrimoniales: 1.800 euros.
  6. Enajenación de inversiones reales: 0 euros.
  7. Transferencias de capital: 49.000 euros.
  8. Activos financieros: 0 euros.
  9. Pasivos financieros: 0 euros.

TOTAL: 340.000 euros.

PLANTILLA DE PERSONAL APROBADA JUNTO CON EL PRESUPUESTO 2026

Personal funcionario:

  • Secretario interventor, grupo A1. Nivel complemento de destino: 26. Agrupado.
  • Auxiliar administrativo, grupo C2. Nivel complemento de destino: 18.
  • Peón de servicios múltiples, grupo C2.

Personal laboral:

  • Auxiliar de ayuda a domicilio, jornada parcial.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Armuña de Tajuña, a 28 de abril de 2026,La Alcaldesa presidenta, Raquel Polo Castillo.

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