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Martes, 05 Mayo 2026 08:05

DELEGACIÓN DE COMPETENCIA DE ALCALDE EN CONCEJAL PARA CELEBRACIÓN DE BODA CIVIL

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AYUNTAMIENTO DE TENDILLA


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Visto el acuerdo remitido por la Oficina General del Registro Civil Único de Madrid resultante del expediente matrimonial n.º 20260129/021344 de dicho Registro Civil, autorizando a esta Alcaldía la celebración del matrimonio civil de los contrayentes: D. César de la Fuente Pérez , con D.N.I: 03125***H Y Dª Raquel Gómez Cuevas, con D.N.I: 47068***M en la fecha señalada por ellos el día 8 de mayo de 2.026.

Considerando que los artículos 51 del Código Civil y 58.8 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, establecen que el matrimonio civil se podrá celebrar ante el Alcalde o Concejal en quien este delegue, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local, y de conformidad con lo establecido en los artículos 43 a 45, 114 a 118 y 120 y 121 del Real Decreto Legislativo 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, RESUELVO

PRIMERO. Delegar en favor de D. Carlos Morales Mena, Concejal de este Ayuntamiento, el ejercicio de la competencia correspondiente a la de celebración del matrimonio civil entre los contrayentes D. Cesar de la Fuente Pérez y Dª Raquel Gómez Cuevas que tendrá lugar en dependencias municipales el día 8 de mayo de 2.026.

SEGUNDO. La delegación deberá estar documentada previamente, bastando con que en el acta de autorización del matrimonio se haga constar que la Concejala ha actuado por delegación de esta Alcaldía.

TERCERO. La delegación conferida en la presente Resolución requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante la Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta Resolución.

CUARTO. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia y el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, en base a lo establecido en el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Tendilla a 30 de abril de 2026, Jesús María Muñoz Sánchez como Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tendilla.

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