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Viernes, 24 Abril 2026 08:04

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS PARA CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL

1097

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AYUNTAMIENTO DE VALDECONCHA


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Habiéndose aprobado por Decreto de Alcaldía n.º 2026-0001, de fecha 15 de abril de 2026, el expediente de Delegación de Competencias del Alcalde en una Concejala para celebración de matrimonio civil, se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

“Visto que se ha recibido procedente del Registro Civil de Guadalajara, expediente de matrimonio civil n.º 840/2025, en el que consta AUTO de fecha 07 de julio de 2025, por el que se aprueba la celebración del matrimonio instado por D. Javier Moratilla Márquez y Dª.Tania Moreno Rumbao, y para cuya celebración se delega en el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Valdeconcha, señalando los contrayentes como fecha para la celebración del matrimonio el día 17 de abril 2026.

Considerando que los artículos 51 del Código Civil y 58.8 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, establecen que el matrimonio civil se podrá celebrar ante el Alcalde o Concejal en quien este delegue, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del Régimen Local, y de conformidad con lo establecido en los artículos 43 a 45, 114 a 118 y 120 y 121 del Real Decreto Legislativo 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

RESUELVO

PRIMERO. Delegar en favor de D. Soraya Tello Pérez, Concejala de este Ayuntamiento, el ejercicio de la competencia correspondiente a la de celebración del matrimonio civil entre los contrayentes D. Javier Moratilla Márquez y Dª. Tania Moreno Rumbao, el día 17 de abril de 2026.

SEGUNDO. La delegación deberá estar documentada previamente, bastando con que en el acta de autorización del matrimonio se haga constar que la Concejala ha actuado por delegación de esta Alcaldía.

TERCERO. La delegación conferida en la presente Resolución requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante la Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta Resolución.

CUARTO. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia y el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, en base a lo establecido en el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.”

En Valdeconcha a 17 de abril de 2026. Fdo.: José Antonio De La Fuente Lozano, Alcalde Presidente

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