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Jueves, 16 Abril 2026 08:04

APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 6 DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ALOJAMIENTO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES ASISTENCIALES EN LA VIVIENDA DE MAYORES

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AYUNTAMIENTO DE LA TOBA


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El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de abril de 2026, acordó la modificación provisional del artículo 6 de la Ordenanza fiscal de la vivienda de mayores.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://latoba.sedelectronica.es].

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En La Toba, a 14 de abril de 2026. El Alcalde, D. Javier Cantero González

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