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Lunes, 08 Junio 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2084

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional adoptado por este Ayuntamiento con fecha 18 de marzo de 2015, sobre modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por prestación del servi­cio de cementerio municipal, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del ar­tícu­lo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

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Ayuntamiento de Loranca de Tajuña

 

2084

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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional adoptado por este Ayuntamiento con fecha 18 de marzo de 2015, sobre modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por prestación del servi­cio de cementerio municipal, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del ar­tícu­lo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Art. 3. Se establecen siguientes tipos de tarifas:

« Para las personas naturales de Loranca de Tajuña y los vecinos empadronados con un mínimo de antelación de un año a la concesión de la sepultura, cónyuge y familiares hasta el segundo grado por consanguinidad:

/…/

Concesión de nicho por 50 años: 400,00 euros.

Concesión de columbario 50 años: 275,00 euros.

Para las personas no empadronadas en el municipio, o que lleven empadronadas en el mismo menos de un año.

Concesión de nicho por 50 años: 450,00 euros

Concesión de columbario 50 años: 300,00 euros

/.../

Las presentes modificaciones entrarán en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y permanecerán vigentes hasta su modificación o derogación expresas.

Contra el presente acuerdo, conforme al ar­tícu­lo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

En Loranca de Tajuña a 18 de mayo de 2015.– El Alcalde, Miguel García Maroto.

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