AYUNTAMIENTO DE TORRE DEL BURGO
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Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
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Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Créditos a transferir |
Créditos finales |
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Progr. |
Económica |
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165 |
619 |
Otras Inversiones de Reposición en Infraestructuras y Bienes |
13284,18 |
-11565,00 |
1719,18 |
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933 |
461 |
A Diputaciones |
0,00 |
11565,00 |
11565,00 |
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TOTAL |
13284,18 |
0,00 |
13284,18 |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Torre del Burgo, a 7 de abril de 2026. El Alcalde-Presidente, D. José Carlos Moreno Díaz
