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Viernes, 22 Mayo 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

2093

No habiéndose producido reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial del expediente de amortización de deuda, crédito extraordinario y suplemento de crédito n.º 1/2015, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 22 de abril de 2015, queda elevado a definitivo, en los términos que constan a continuación:

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Ayuntamiento de Marchamalo

 

2093

ANUNCIO

No habiéndose producido reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial del expediente de amortización de deuda, crédito extraordinario y suplemento de crédito n.º 1/2015, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 22 de abril de 2015, queda elevado a definitivo, en los términos que constan a continuación:

Créditos extraordinarios

Progr.

Econ.

Descripción

Crédito

Crédito Extra.

1532

61904

Asfaltados de vías públicas

0,00

220.000,00

   

TOTAL CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS

220.000,00

         

Suplementos de crédito

Progr.

Econ.

Descripción

Crédito

Suplemento

1710

61900

Acondicionamiento de zonas verdes y espacios ajardinados

8.000,00

90.000,00

0110

91300

Amortización préstamos largo plazo fuera del sector público

196.000,00

98.236,00

   

TOTAL SUPLEMENTOS DE CRÉDITO

188.236,00

Dichos gastos se financiarán con cargo al remanente líquido de tesorería, de conformidad con lo dispuesto en el número 4 del art. 177 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y el art. 36.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, según el siguiente detalle:

Fuente de financiación: Remanente líquido de tesorería

Partida

Descripción

Importe

87000

Remanente de tesorería para créditos extraordinarios

220.000,00

87000

Remanente de tesorería para suplementos de crédito

188.236,00

 

TOTAL

408.236,00

Contra el presente acuerdo podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOP, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, o bien recurso potestativo de reposición ante el Pleno, en el plazo de un mes, de conformidad con el art. 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

Marchamalo a 18 de mayo de 2015.– El Alcalde, Rafael Esteban Santamaría.

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