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Lunes, 16 Marzo 2026 08:03

EXPEDIENTE 392/2026. CONVOCATORIA BECAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS EN LA BANDA PROVINCIAL DE MÚSICA DURANTE EL AÑO 2026.

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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE CULTURA


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BDNS (Identif.): 892593

Extracto del Acuerdo de 11 de marzo de 2026 de la Junta Gobierno de Diputación Provincial de Guadalajara (punto nº 08), aprobando el EXPEDIENTE 392/2026 CONVOCATORIA BECAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS EN LA BANDA PROVINCIAL DE MÚSICA DURANTE 2026.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la página web de la Diputación Provincial de Guadalajara (http://www.dguadalajara.es/web/guest/subvenciones-cultura) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index).

Primera.- Objeto de la Convocatoria.

1-Se convocan diez becas cuya finalidad es la realización de prácticas musicales en la Banda de Música Provincial de Guadalajara para contribuir a la ampliación y perfeccionamiento de la formación artístico musical de los becarios.

La presente convocatoria se integra en el Plan Estratégico de Subvenciones 2026-2028, aprobado por el Pleno de la Diputación Provincial en sesión de 20 de febrero de 2026. Con la presente convocatoria se contribuye el logro del objetivo estratégico nº 4, relativo a la Promoción Cultural, Educativa y Deportiva.

2- La distribución de las citadas becas corresponde a las siguientes especialidades e instrumentos:

Especialidad

Instrumento

Nº de becas

Viento-madera

Clarinete/Clarinete Bajo

2

Viento-madera

Flauta/Flautín/Oboe/Corno Inglés

1

Viento-madera

SaxofónAlto/Tenor/Barítono/ Fagot

1

Viento-metal

Trompeta/Fliscorno

1

Viento-metal

Trombón/Trompa

2

Viento-metal

Tuba/Bombardino

1

Cuerda- frotada

Violoncello/Contrabajo

1

Percusión

Timbales, Láminas, Caja, pequeña percusión

1

Segunda.- Destinatarios.

1. Sólo podrán participar en esta convocatoria las personas físicas que tengan cumplidos 16 años en la fecha de publicación en el B.O.P. de Guadalajara de la presente convocatoria.

2. Podrán participar en esta convocatoria las personas físicas que, cumpliendo el apartado anterior, además, cumplan alguno de los siguientes requisitos:

  1. Estar en posesión del título de Graduado Universitario o equivalente.
  2. Poseer Grado Medio o Grado Superior de Música, o encontrarse cursando los mismos.
  3. Pertenecer a una agrupación musical o Banda de Música desde hace, al menos, cinco años.

3. No podrán optar a estas becas, aquellas personas que hubieran sido becarios de la Banda en la anualidad anterior. No obstante, si hubiera crédito suficiente, se admitirá la solicitud de estos últimos, dando siempre preferencia o prelación a aquellas personas que no hubieran sido becados en el año anterior.

Tercera.- Dotación y características de las becas.

1.- La dotación de cada una de las becas será de 2.880 euros, con cargo a la partida 334 48910 del vigente Presupuesto de la Diputación Provincial. Esta cantidad quedará minorada con el IRPF correspondiente y, aun no teniendo vinculación laboral, con la cotización pertinente a la Seguridad Social. Los beneficiarios de la beca contarán con la cobertura otorgada por la Seguridad Social, según la normativa vigente, y dentro de los requisitos y condiciones propios de este tipo de becas.

2.- Los becarios desarrollaran las prácticas durante ocho meses, según la programación realizada por los responsables de la Banda Provincial de Música una vez concluido el proceso de selección.

3.- La concesión de estas becas no supone relación laboral de ningún tipo ni de prestación de servicios entre los becarios y la Diputación Provincial de Guadalajara, constituyendo la formación del becario su finalidad única y primordial, no siendo esencial para la actividad de la Banda de Música, la cual desarrolla su programación con independencia de estas becas, destinadas a contribuir a la ampliación y perfeccionamiento de la formación artístico musical de los becarios.

4.- El tiempo de formación (beca) no tendrá la consideración de servicios previos ni de servicios efectivos en las administraciones públicas.

5.- Las fecha de desempeño de la actividad becada dará inicio en los meses comprendidos entre mayo y diciembre de 2026, sin perjuicio de la Resolución de concesión concreta, que indicará las fechas exactas.

Cuarta.- Régimen de concurrencia competitiva.

La concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Las subvenciones se concederán a las solicitudes, según valoración realizada conforme a los criterios de la Norma Sexta.

Quinta.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.

1- Las solicitudes, según el modelo que figura en el Anexo I, junto con el resto de documentación necesaria, se presentarán preferentemente de forma telemática a través de la sede electrónica a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Guadalajara https://dguadalajara.sedelectronica.es/info.0. También podrán presentarse en el Registro General de la Diputación Provincial de Guadalajara, o en los registros a que hace referencia el artículo 16.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La documentación a presentar será original o copias auténticas en papel o en formato de archivo PDF al objeto de garantizar el acceso a la misma.

2.- La solicitud se acompañará de una copia auténtica del D.N.I., de la titulación académica y curriculum vitae en el que se harán constar los datos a que hace referencia la norma 6.2, conteniendo así mismo copia auténtica de la documentación invocada.

3.- El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

4.-Con la documentación, se debe adjuntar la grabación audiovisual del aspirante a becario, así como el archivo en pdf con las partituras que se interpretan, a que hace referencia la Norma 6.2.3

Sexta.- Selección de los becarios.

1.- Para la selección de los becarios se constituirá una Comisión de Valoración, que se constituye como Órgano instructor según consta en el artículo 18 de la Ordenanza General de Subvenciones, integrada por el Presidente de la Corporación o Diputado en quien delegue, la Secretaria de la Corporación o funcionario en quien delegue, la Directora de la Banda Provincial de Música, un técnico del Servicio de Educación y Cultura de la Diputación Provincial y dos músicos titulares de la Banda de Música Provincial.

2.- La Comisión de Valoración, como órgano instructor seleccionará a los becarios conforme al siguiente baremo:

2.1. TITULACIÓN ACADÉMICA

2.1.1.- Grado Superior de Música: 4 puntos por cada especialidad instrumental que posea.

2.1.2.- Estar cursando Grado Superior de Música: 3 puntos.

2.1.3.- Grado Medio de Música: 2 puntos por cada especialidad instrumental que posea.

2.1.4.-Estar cursando Grado Medio de Música: 1 puntos.

2.1.5.-Graduado Universitario o equivalente: 0,5 puntos.

La puntuación máxima a computar por Titulación Académica será de 8 puntos.

2.2. FORMACIÓN COMPLEMENTARIA

2.2.1.- Cursos de Especialización musical con el instrumento. 0,10 puntos por cada 10 horas, hasta un máximo de 1 punto.

2.2.2.- Cursos de música en otras materias. 0,10 puntos por cada 20 horas, hasta un máximo de 1 punto.

La puntuación máxima a computar por Formación Complementaria será de 2 puntos.

2.3.- AUDICIÓN.

Los aspirantes deberán demostrar que poseen una práctica instrumental suficiente que les permita su aplicación en la Banda de Música. Para ello los candidatos deberán presentar junto a la solicitud de la Beca:

  • Una grabación audiovisual en la que el aspirante interprete, dos obras de estilo diferente. En caso de la percusión, una obra debe incluir láminas. La duración máxima de la grabación será de 15 minutos.
  • Un archivo pdf con las partituras que va a interpretar, título y compositor, así como editorial.

Los Criterios para Valoración de la Interpretación instrumental elegida por el candidato, son los siguientes:

  • Adecuar la interpretación a las indicaciones de la partitura. Se valorará la fidelidad de la interpretación a todos los elementos que configuran la partitura: tempo, ritmo, altura del sonido, dinámica, agógica, ornamento, articulación… (hasta un máximo de 8 puntos).
  • Valorar la capacidad técnica y sonora. Se evaluará la corrección técnico-instrumental y la calidad sonora. (hasta un máximo de 8 puntos)

La puntuación máxima a computar por audición será de 16 puntos.

No podrán ser adjudicatarios de la beca aquellos aspirantes que obtengan menos de 8 puntos en la Audición presentada.

2.4.- De producirse empate a puntos, éste se resolverá a favor de:

  1. Aquel candidato que tenga mejor puntuación sucesivamente en el apartado de Audición, en el de Titulación y en el de Formación complementaria.
  2. De permanecer el empate, el orden se establecerá por la menor edad de los aspirantes.

3.- Los beneficiarios deberán reunir los requisitos exigidos en la Ley General de Subvenciones, en el Reglamento de dicha Ley y los requisitos específicos contenidos en la presente convocatoria. Estos extremos se acreditarán en el Acta que a tal efecto se levante de la sesión/es que celebre la Comisión señalada en la norma 6.1. Igualmente, dicha Comisión elaborará una relación de aspirantes de cada uno de los instrumentos, por orden de puntuación. Esta relación se hará pública en el tablón de anuncios de la Banda de Música de la Diputación Provincial.

Séptima.- Adjudicaciones de la becas.

1.- El órgano competente para resolver esta convocatoria será la Junta de Gobierno de Diputación Provincial, a propuesta de la Comisión de Valoración.

2.- En base a la relación señalada en la norma 6.3 la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial adoptará acuerdo con la lista de adjudicatarios de las becas, que se publicará en el tablón de anuncios de la Banda Provincial de Música (Centro San José c/ Atienza, 4, 19003 Guadalajara) y en el Palacio de la Diputación Provincial (Plaza de Moreno, 10, 19001 Guadalajara).

3.- Los aspirantes que no obtengan beca, quedarán en lista de espera en cada uno de los instrumentos, a los efectos que se indican en la norma 7.4.

4.- De producirse alguna vacante o renuncia antes del inicio, o durante el período de disfrute de las becas, las correspondientes vacantes se cubrirán, en orden sucesivo, con aquellos aspirantes que tuvieran la mayor puntuación después de los beneficiarios iniciales.

En el supuesto de agotarse los suplentes de alguno de los instrumentos recogidos en esta convocatoria, podrá ofertarse la beca vacante a los suplentes de otros instrumentos, comenzando por el suplente que haya logrado una mayor puntuación en instrumentos de la misma especialidad. En caso de continuar vacante, podrá ofertarse a los suplentes de los instrumentos de las otras especialidades, comenzando, así mismo, por el suplente que haya logrado una mayor puntuación.

Octava.- Obligaciones de los becarios.

Es obligación de los becarios:

  1. Aceptar la beca por escrito, en plazo máximo de 5 días hábiles a partir de la publicación de la Resolución en el tablón de anuncios. No obstante, se comunicará telefónicamente o por e:mail a los interesados seleccionados. Si no se produce la aceptación por escrito se entenderá que renuncia a la misma.
  2. Firmar un documento en el que se desvinculan de cualquier relación laboral con la Diputación Provincial de Guadalajara, así como de solicitar cualquier reclamación al respecto que pudiera derivarse del ejercicio de la beca.
  3. Presentar Ficha de Terceros, conforme al modelo del Anexo II.
  4. Realizar las prácticas objeto de la beca de acuerdo con el programa elaborado por la Directora de la Banda Provincial de Música, debiéndose adaptar a las normas de régimen interno, en caso contrario se podrá revocar la beca.
  5. Disponer de instrumento propio para la realización de las prácticas musicales en la Banda de Música. En el caso de la percusión, se podrá facilitar el instrumental de percusión disponible en la Banda de Música pero no las baquetas, que serán de uso personal.
  6. Realizar los ensayos semanales con la Banda Provincial de Guadalajara contemplados en el plan específico de formación de los becarios.
  7. Participar en aquellas actuaciones de la Banda de Música Provincial para las que sean requeridos por la Directora de la Banda.

Novena.- Abono de las beca.

1.- El abono de la beca se fraccionará en pagos mensuales, por periodos vencidos.

2.- En caso de producirse alguna renuncia antes del vencimiento señalado en la norma 9.1., se abonará la parte proporcional al periodo disfrutado.

Décima.- Incumplimiento y reintegro de la beca

El incumplimiento de lo establecido en las normas anteriores, facultará a la Diputación Provincial de Guadalajara a solicitar del becario correspondiente el reintegro de las ayudas concedidas.

Undécima – Publicidad de la convocatoria

De conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se remitirá el texto completo de esta convocatoria a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Asimismo, el diario oficial en el que se publicará el extracto de la convocatoria será el B.O.P de Guadalajara, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 17.3.b) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Duodécima.- Protección de datos

Los tratamientos de datos de carácter personal de las personas físicas se realizarán con estricta sujeción a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el resto de la normativa sobre protección de datos personales.

Para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la ley, puede dirigirse por escrito, adjuntando fotocopia de DNI, a la Diputación Provincial de Guadalajara, en la plaza Moreno, número 10, Guadalajara.

Decimotercera- Recursos

De conformidad con el artículo 52 de la Ley 7/1985 , de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el presente acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurrido potestativamente en reposición ante el mismo órgano que lo hubiera dictado o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, teniendo en cuenta que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

ANEXO I

SOLICITUD PARA LA CONVOCATORIA DE DIEZ BECAS PARA REALIZACIÓN PRÁCTICAS EN LA BANDA DE MÚSICA PROVINCIAL, AÑO 2026.

Nombre y apellidos _______________________________________________, con DNI nº ______________, domiciliado en C/_________________________, nº ____, c.p. ___________ población ________________________________, provincia ___________________, teléfono ________________________________, c.electrónico_____________________________________________________

EXPONE:

Que habiendo sido publicada la Convocatoria de Becas para la realización de prácticas musicales en la Banda de Música Provincial, dependiente de la Diputación Provincial de Guadalajara, durante el año 2026, en el BOP nº ........................ de fecha .................... de 2026.

SOLICITA:

Participar en dicha convocatoria, en la especialidad e instrumento siguiente:

Especialidad

Instrumento

 

 

Para lo cual, se adjuntan los siguientes documentos:

  • Copia auténtica del D.N.I.
  • Copia auténtica de la titulación académica.
  • Currículum vitae.
  • Grabación audiovisual.
  • Archivo pdf partituras.

Guadalajara, ________ de ___________________ de 2026

Fdo:

Guadalajara, a 11 de marzo de 2026 El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, José Luis Vega Pérez.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Guadalajara
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