DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE CULTURA
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En cumplimiento de lo establecido en la Base Novena de la citada Convocatoria y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se publica el Acuerdo de 23 de diciembre de 2025 de la Junta de Gobierno de Diputación Provincial de Guadalajara (punto nº 10), aprobando el Expediente 6246/2025.
Este acuerdo de Junta de Gobierno puede consultarse en la página web de la Diputación Provincial de Guadalajara (http://www.dguadalajara.es/web/guest/subvenciones-cultura).
“4.- Expediente 6246/2025. Resolución de la segunda convocatoria de subvenciones para la promoción y fomento de la actividad cultural de las Bandas de Música y Asociaciones Musicales de la provincia de Guadalajara, año 2025.
El Sr. Presidente da cuenta de que:
Antecedentes:
- Con fecha 11 de noviembre de 2025, la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial aprobó las normas reguladoras de la segunda convocatoria de subvenciones a las bandas de música y asociaciones musicales correspondientes al año 2025.
- Con fecha 19 de noviembre se publicaron en el BOP las normas reguladoras de esta convocatoria.
- De acuerdo con lo establecido en la Base 9ª de la convocatoria, con fecha 17 de diciembre de 2025 se reunió el órgano colegiado responsable de conocer, supervisar, estudiar, ponderar y valorar las solicitudes presentadas, levantándose la correspondiente acta que forma parte de este expediente.
- Como consta en el acta de la Comisión de Valoración se acuerda admitir las cinco solicitudes presentadas al cumplir todos los requisitos exigidos en la convocatoria.
- La Comisión de valoración, tras realizar las deliberaciones oportunas y aplicar los criterios de valoración establecidos en las normas, acordó otorgar las siguientes puntuaciones:
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Nombre de la Banda de Música |
Puntuación total (máx. 40 puntos) |
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Asociación Musical Nuestra Señora de la Soledad de Fuentenovilla |
33 |
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Asociación Cultural Filarmónica Briocense (Brihuega). |
34 |
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Grupo Musical Seguntino (Sigüenza) |
31 |
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Asociación Recreativa Musical de Cifuentes (Cifuentes) |
36 |
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Banda de Música municipal de Yebra |
34 |
- De acuerdo con lo establecido en la Base 7ª de la convocatoria, las solicitudes que hayan obtenido una puntuación superior a 31 puntos acceden al 100% de la ayuda solicitada.
- De acuerdo con lo establecido en la Base 8ª de la convocatoria la cuantía máxima de subvención será de 6.000€ para las bandas que se componen de entre 15 a 30 personas y de 10.000 € para las bandas con más de 30 integrantes.
Por todo ello, vista la propuesta del órgano de valoración.
La Junta de Gobierno por seis votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda:
1.- Aprobar a la vista de las consideraciones y límites establecidos en la convocatoria, la siguiente propuesta de concesión:
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Nombre de la Banda de Música |
Nº miembros activos |
Cuantía solicitada |
Porcentaje de ayuda |
Propuesta de subvención |
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Asociación Musical Nuestra Señora de la Soledad de Fuentenovilla |
23 |
6.000 € |
100% máximo 6.000 € |
6.000 € |
|
Asociación Cultural Filarmónica Briocense (Brihuega). |
30 |
6.000 € |
100% máximo 10.000 € |
6.000 € |
|
Grupo Musical Seguntino (Sigüenza) |
29 |
11.460 € |
100% máximo 6.000 € |
6.000 € |
|
Asociación Recreativa Musical de Cifuentes (Cifuentes) |
40 |
8.700 € |
100% máximo 10.000 € |
8.700 € |
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Banda de Música municipal de Yebra |
19 |
6.000 € |
100% máximo |
6.000 € |
El importe total de los premios concedidos, según la convocatoria, asciende a la cantidad de TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS euros que deberán ser abonados a las bandas de música y asociaciones musicales de la provincia solicitantes, con cargo a la partida presupuestaria 334 48928 del vigente presupuesto.
2.- El presente acuerdo debe ser publicado en el BOP de Guadalajara.
Propuesta que se eleva a la Junta de Gobierno por ser el órgano competente para la resolución de este expediente, de acuerdo con lo determinado en la Base 9ª de la convocatoria.”
Este acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial resuelve el procedimiento de concesión de las subvenciones. Contra dicho acuerdo podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Guadalajara, 02 de marzo de 2026. El Presidente, José Luis Vega Pérez.
