Imprimir esta página
imagen no encontrada
Martes, 03 Marzo 2026 08:03

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 1/2026 EXPEDIENTE 5/2026

585

Descargar pdf Anuncio

E.A.T.I.M. RAZBONA


585

Acuerdo del Pleno de fecha 2 de febrero de 2026, de la entidad de Razbona, por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos n. º 1/2026 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto, que no afectan a altas y bajas de crédito de personal.

Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Bajas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Créditos a transferir

Créditos finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

920

16000

Administración General. Seguridad Social

3.720 €

3.300 €

420

 

 

TOTAL

3.720 €

3.300 €

420

Altas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Créditos a incorporar

Créditos finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

161

619

Abastecim domic agua potable. Otras inversiones en reposición de infraestructuras

0 €

3.300 €

3.300 €

 

 

TOTAL

0 €

3.300 €

3.300 €

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Guadalajara con sede en Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Razbona, a 27 de febrero de 2026. La Alcaldesa-Presidenta Dª. Lorena Jimeno Pastor.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
Visto 48 veces