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Jueves, 19 Febrero 2026 08:02

CONVENIO COLECTIVO DE LA HOSTELERIA DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA. TABALS SALARIALES DEFINITIVAS DEL AÑO 2025 Y TABLAS SALARIALES PROVISIONALES DEL AÑO 2026

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JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA - LA MANCHA. CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO


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VISTO el texto del Acta suscrita el día 05 de febrero de 2026, de una parte por la representación de la parte empresarial y de otra, por los sindicatos CC.OO. y UGT, en representación de los trabajadores, por la que se aprueba las Tablas Salariales definitivas  correspondientes al año 2025 y la Tablas Salariales provisionales correspondientes al año 2026 del Convenio Colectivo del Sector de la Hostelería de la provincia de Guadalajara, con código de convenio 19000155011981; acta que tuvo entrada el día 9 de febrero de 2026 en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, de funcionamiento a través de medios electrónicos, de esta Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del  Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo; en el Decreto 99/2013, de 28 de noviembre, por el que se atribuyen competencias en materia de cooperativas, sociedades laborales, trabajo, prevención de riesgos laborales y empleo en relación con el Decreto 64/2025, de 9 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, y en el resto de normativa aplicable.

ACUERDO:

Primero.- Ordenar la inscripción de las Tablas Salariales definitivas  correspondientes al año 2025 y la Tablas Salariales provisionales correspondientes al año 2026 del Convenio Colectivo del Sector de la Hostelería de la provincia de Guadalajara, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Segundo.- Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

EN GUADALAJARA A 17 DE FEBRERO DE 2026. LA DELEGADA PROVINCIAL. SUSANA BLAS ESTEBAN

ACTA REVISION DE TABLAS  DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA

En Guadalajara, a las 17.00 horas del día 05 de Febrero de 2026, en la sede de la Confederación de Empresarios de Guadalajara, sita en la  calle Molina de Aragón 3, (19003 Guadalajara) se reúnen los señores que se relacionan a continuación de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Hostelería de la Provincia de Guadalajara.

C.C.O.O.:

Santiago zafrilla Poveda.

U.G.T.:

José Manuel Barquero Santiago.

Ismael Domínguez Balboa

Por parte Empresarial.

Roberto Toledano López.

Juan Luis Pajares.

Miguel Ángel Pérez Sanz.

Severino Castro Damián.

Don Agustín Carrillo (Asesor).

Abierto el acto, se llegan a los siguientes acuerdos:

Primero.- Primero.- Firmar  las tablas definitivas del año 2025 y provisionales del 2026 del  Convenio de Hostelería de Guadalajara y remitir dichos ejemplares a la Conserjería de Trabajo para su tramitación

Y no habiendo más temas que tratar, se da por finalizada la reunión, firmando los asistentes en prueba de conformidad.

TABLAS SALARIALES DEFINITIVAS DEL 2025

GRUPO ESTABLECIMIENTO ANEXO I -A-

Niveles

Salario mensual.

Gratificación extraordinaria de septiembre (art. 32).

Salario anual con las tres pagas extraordinarias.

1

1.569,03

532,70

22.499,10

2

1.512,91

528,83

21.709,50

3

1.438,86

523,72

20.667,73

4

1.342,08

517,05

19.306,11

5

1.290,80

513,51

18.584,71

GRUPO ESTABLECIMIENTO ANEXO I -B-

Niveles

Salario mensual.

Gratificación extraordinaria de septiembre (art. 32).

Salario anual con las tres pagas extraordinarias.

1

1.512,91

528,83

21.709,50

2

1.438,86

523,72

20.667,73

3

1.380,85

519,72

19.851,64

4

1.286,22

513,20

18.520,23

5

1.232,77

509,51

17.768,27

Plus manutención (art. 24)

27,17

 

 

Compensación en metálico de ropa de trabajo (art. 24)

26,68

 

 

Plus de idiomas (art. 24)

25,60

 

 

Plus segundo y sucesivos idiomas (art.24)

12,80

 

 

Seguro de muerte e invalidez

34.611,61

 

 

 

TABLAS SALARIALES PROVISIONALES DEL 2026

GRUPO ESTABLECIMIENTO ANEXO I -A-

Niveles

Salario mensual.

Gratificación extraordinaria de septiembre (art. 32).

Salario anual con las tres pagas extraordinarias.

1

1.600,41

543,35

22.949,08

2

1.543,16

539,41

22.143,69

3

1.467,64

534,20

21.081,09

4

1.368,92

527,39

19.692,23

5

1.316,62

523,78

18.956,40

GRUPO ESTABLECIMIENTO ANEXO I -B-

Niveles

Salario mensual.

Gratificación extraordinaria de septiembre (art. 32).

Salario anual con las tres pagas extraordinarias.

1

1.543,16

539,41

22.143,69

2

1.467,64

534,20

21.081,09

3

1.408,47

530,12

20.248,67

4

1.311,94

523,46

18.890,63

5

1.257,42

519,70

18.123,64

Plus manutención (art. 24)

27,72

 

 

Compensación en metálico de ropa de trabajo (art. 24)

27,22

 

 

Plus de idiomas (art. 24)

26,11

 

 

Plus segundo y sucesivos idiomas (art.24)

13,05

 

 

Seguro de muerte e invalidez

35.303,84

 

 

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