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Viernes, 23 Enero 2026 08:01

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES

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AYUNTAMIENTO DE SIGÜENZA


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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de adoptado en sesión ordinaria de 24 de noviembre de 2025 de “modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, en referencia al artículo 12”.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público el texto íntegro de la modificación para su general conocimiento y entrada en vigor.

MODIFICACIÓN:

«ARTÍCULO 12. Tipos de gravamen.

  1. El tipo de gravamen aplicable a los bienes inmuebles de naturaleza urbana será: 0,52%.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La-Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Sigüenza, a 20 de enero de 2026. La Alcaldesa, María Jesús Merino Poyo.

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  • Municipios: Sigüenza
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