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Martes, 13 Enero 2026 08:01

APROBACIÓN DEFINITIVA DE A MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº 1/2025

81

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AYUNTAMIENTO DE RENERA


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Acuerdo del Pleno de fecha 1 de diciembre de 2025, de la entidad de Renera, por el que se aprueba definitivamente la modificación de créditos n. º 1/2025 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de distintas áreas de gasto, que no afectan a altas y bajas de crédito de personal. 

Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Aplicación

Descripción

Créditos
iniciales

Modificaciones
de crédito 

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

132

22799 

Mantenimiento de cámaras 

4650 

-4650 

920 

46300 

Transferencias a Mancomunidades 

19000 

+2600 

21600 

1622

61900 

Infraestructuras 

28595,13 

 

+2050

 

1622

61000

Pavimentación

34000

 

 

 

TOTAL

 

 

 

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Renera a 9 de enero de 2026. El Alcalde-Presidente D. Luís Francisco Pérez García.

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