AYUNTAMIENTO DE QUER
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VISTO que con fecha 24 de junio de 2023, se dictó Decreto de Alcaldía N.º 2023/0238 relativo a la delegación de competencias de Alcaldía (BOP nº 121 de fecha 28/06/2.023)
Aprobar la delegación de las competencias de Cultura, Turismo, Infancia y Juventud en la Concejal Dña. Gema Cañones Ordoñez
Visto que con fecha 25/09/2023 , se dicto Decreto de Alcaldía N º 2023-0359 se modificaron las competencias a doña Gema Cañones y se creó y delego el ejercicio de la atribución de Asuntos Generales. (BOP de Guadalajara, nº. 187, fecha: martes, 03 de Octubre de 2023).
Gema Cañones : Concejalía de Asuntos Generales, Festejos , Cultura y Turismo
CONSIDERANDO que la delegación de competencias será revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido (Art. 9.6 de la Ley 40/2015, de 1 de Octubre de Régimen Jurídico del Sector Público) y considerado el artículo 42 del Reglamento Orgánico municipal de Quer.
VISTO que el art. 114.3 del Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, (ROF) establece que la revocación de las delegaciones habrá de adoptarse con las mismas formalidades que las exigidas para su otorgamiento
PRIMERO.- Revocar las competencias delegadas por Decreto de la Alcaldía número 2023/0238, de fecha 25/09/2.023 (BOP de Guadalajara, nº. 187, fecha: martes, 03 de Octubre de 2023), en el Concejal D. Gema Cañones , de nuevo en la Alcaldía Presidencia de la Corporación como órgano que fue el delegante de la misma.
SEGUNDO.- Dar por finalizada la delegación del ejercicio de las atribuciones de esta alcaldía, que fue autorizada a favor del Concejal de esta corporación D Gema Cañones mediante el decreto de alcaldía 2023/0238 (BOP nº 121 de fecha 28/06/2.023) posteriormente modificadas por Decreto Nº 2023-0359 (BOP de Guadalajara, nº. 187, fecha: martes, 03 de Octubre de 2023).
TERCERO.- Remitir anuncio de la presente Resolución al Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 44.2 ROF, así como en el Portal de Transparencia municipal, sin perjuicio de la efectividad de la revocación a partir del día siguiente al de la firma de la presente Resolución.
CUARTO.- Notificar la presente resolución a los interesados en el procedimiento.
QUINTO.- Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno Municipal en la siguiente sesión ordinaria que celebre. Lo manda y firma el Sr. Alcalde, a fecha de firma electrónica, lo que como Secretaria certifico a los solos efectos de fe pública
En Quer a 09 de enero de 2.025. El Alcalde-Presidente. Fdo.: José Miguel Benítez Moreno
