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Viernes, 09 Enero 2026 08:01

APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTO GENERAL 2026

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AYUNTAMIENTO DE ZARZUELA DE JADRAQUE


52

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto municipal del ejercicio 2026 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1.

ESTADO DE GASTOS

 

 

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

188.324,99

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

122.724,99

CAPÍTULO 1: Gastos de Personal

43.718,60

CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios

69.506,39

CAPÍTULO 3: Gastos Financieros

400,00

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

9.100,00

 

 

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

65.600,00

CAPÍTULO 6: Inversiones Reales

65.600,00

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

 

B) OPERACIONES FINANCIERAS

 

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

 

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

 

TOTAL:

188.324,99

ESTADO DE INGRESOS

 

 

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

188.324,99

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

163.324,99

CAPÍTULO 1: Impuestos Directos

42.924,99

CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos

4.000,00

CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos

50.840,00

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

35.460,00

CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales

30.100,00

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

25.000,00

CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales

 

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

25.000,00

B) OPERACIONES FINANCIERAS

 

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

 

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

 

TOTAL:

188.324,99

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Zarzuela de Jadraque, a 5 de enero de 2026. El Alcalde-Presidente: Miguel Ángel Moreno Casas.

Información adicional

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