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Miércoles, 07 Enero 2026 08:01

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITO Nº 4 DE 2025

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AYUNTAMIENTO DE ROMANONES


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Acuerdo del Pleno de fecha 2 de diciembre de 2025, del Ayuntamiento de Romanones, por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 4/ 2025 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo a mayores ingresos.

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 4/ 2025 del Presupuesto en vigor, en las modalidades de suplemento de crédito y de crédito extraordinario, financiado con cargo a mayores ingresos, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Altas en aplicaciones de gastos

Suplementos en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Suplemento de crédito

Progr.

Económica

 

 

338

226.09

Fiestas populares y festejos / Actividades culturales y deportivas.

2600,30€

 

 

TOTAL

2600,30€

Crédito extraordinario en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Suplemento de crédito

Progr.

Económica

 

 

011

310

Deuda pública /Intereses

50,00€

 

 

TOTAL

50,00€

Suplementos en Conceptos de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Importe

Cap.

Art.

Conc.

4

42

420.00

Transferencias corrientes de la AGE: Participación en tributos del Estado

2.650,30 €

 

 

 

TOTAL INGRESOS

2.650,30 €

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

  1. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
  2. La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Romanones a 31 de diciembre de 2025. El Alcalde-Presidente: Javier de Luz Espada.

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