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Martes, 30 Diciembre 2025 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL EJERCICIO 2.025

4095

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AYUNTAMIENTO DE VILLASECA DE UCEDA


4095

Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Villaseca de Uceda para el ejercicio 2.025, por falta de reclamaciones, comprensivo del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución y Plantilla de Personal, de conformidad con el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

ESTADO DE GASTOS

 

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

116.785,11 €

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

77.208,11 €

CAPÍTULO 1: Gastos de Personal

11.057,76 €

CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios

38.501,50 €

CAPÍTULO 3: Gastos Financieros

300,00 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

27.348,85 €

CAPÍTULO 5: Fondo de contingencia y otros imprevistos

0,00 €

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

39.577,00 €

CAPÍTULO 6: Inversiones Reales

39.577,00 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

0,00 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

TOTAL

116.785,11 €

ESTADO DE INGRESOS

 

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

116.785,11 €

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

78.665,88 €

CAPÍTULO 1: Impuestos Directos

26.362,00 €

CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos

2.600,00 €

CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos

13.358,40 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

32.827,68 €

CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales

3.517,80 €

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

38.119,23 €

CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales

0,00 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

38.119,23 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

TOTAL

116.785,11 €

PLANTILLA DE PERSONAL

Categoría profesional

Puestos de trabajo

Número de plazas

Personal laboral temporal

Peón de servicios múltiples

1

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

Villaseca de Uceda, 26 de diciembre de 2025. El Alcalde: Juan Carlos Gil Muñoz.

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