AYUNTAMIENTO DE TENDILLA
4089
Acuerdo del Pleno de fecha 26 de noviembre de 2025, del Ayuntamiento de Tendilla, por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 9 / 2025 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con cargo a mayores ingresos.
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de de modificación de créditos n. º 9 / 2025 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con cargo a mayores ingresos efectivamente recaudados, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
|
MODIFICACIÓN 9/2025. RESUMEN POR CAPÍTULOS |
|||
|
PRESUPUESTO DE GASTOS |
PRESUPUESTO DE INGRESOS |
||
|
CAPITULOS |
IMPORTE |
CAPITULOS |
IMPORTE |
|
CAPITULO II |
24673,20 € |
CAPITULO II |
26175,94 € |
|
CAPITULO VI |
1502,74€ |
||
|
TOTAL |
26175,94 € |
TOTAL |
26175,94 € |
Suplementos en Aplicaciones de Gastos
|
Aplicación |
Descripción |
Suplemento de crédito |
|
|
Progr. |
Económica |
|
|
|
231 |
227.99 |
Asistencia social primaria. Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales |
687,50 |
|
164 |
622 |
Cementerios y servicios funerarios. Edificios y otras construcciones |
1502,74 |
|
1532 |
210 |
Pavimentación de vías públicas Infraestructuras y bienes naturales |
3985,7 |
|
334 |
226.09 |
Promoción cultural. Actividades culturales y deportivas |
20000,00 |
|
|
|
TOTAL |
26175,94€ |
Suplementos en Conceptos de Ingresos
|
Aplicación: económica |
Descripción |
Presupuestado |
Recaudado |
||
|
Cap. |
Art. |
Conc. |
|||
|
2 |
90 |
290 |
Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras |
8000,00 € |
34.175,94 € |
|
|
|
|
TOTAL INGRESOS |
|
34.175,94 € |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Tendilla a 25 de diciembre de 2025. El Alcalde: Jesús María Muñoz Sánchez.
