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Lunes, 29 Diciembre 2025 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 3/2025

4031

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AYUNTAMIENTO DE HENCHE


4031

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación presupuestarai 3/2025, en la modalidad de suplemento de crédito/crédito extraordinario, financiado con cargo a nuevos ingresos y remanente de tesorería para gastos generales, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplementos en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Suplemento de crédito

Progr.

Económica

 

 

231

633

Asistencia social/ Instalaciones técnicas

2.810,75 €

1532

619

PAVIMENTACIÓN/Inv. De reposición de uso general

79.900,05 € (PEN)

160

639

ALCANTARILLADO/Inv. De reposición de servicios

111.243,78 (alcantarillado y suministro cal y canto)

165

629

Alumbrado/Inv. Nuevas de servicios

9.133,08

 

 

TOTAL

203.087,66

Suplementos en Conceptos de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Presupuestado

IMPORTE

Cap.

Art.

Conc.

 

 

 

7

6

6

De otras entidades que agrupen municipios

 

(FADETA)1.918,81

7

2

0

TRANSFERENCIAS DEL ESTADO

 

79.603,48 (PEN)

8

7

0

REMANENTE DE TESORERÍA

 

112.433,02 €

3

9

9

Otros ingresos

 

9.133,08

 

 

 

TOTAL INGRESOS

 

203.087,66

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

  1. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
  2. La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Henche, a 23 de diciembre de 2025. El Alcalde: Ángel Cuesta Domínguez.

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