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Viernes, 26 Diciembre 2025 02:12

CONVOCATORIA DE LA SUBVENCIÓN PARA ACTUACIONES DIRIGIDAS A LA ATENCIÓN DE PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL DEL MUNICIPIO. EJERCICIO 2025

4011

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AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES


4011

BDNS: 877887

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Por resolución de alcaldía de 26 de diciembre de 2025 se ha aprobado la citada convocatoria, con las siguientes especificaciones:

PRIMERO.OBJETO Y FINALIDAD

El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases que regulan la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de financiar proyectos que tengan por objeto la promoción de la inclusión social y el apoyo en diferentes ámbitos de la vida diaria a las personas con diversidad funcional. durante el año 2025

SEGUNDO. BASES REGULADORAS

La presente convocatoria trae causa de las bases reguladoras publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) nº230, de fecha 1 de diciembre de 2025, bajo el título: “Aprobación definitiva de las Bases reguladoras de la subvención para actuaciones dirigidas a la atención de personas con diversidad funcional del municipio”.

TERCERO. LÍNEAS DE ACTUACIÓN

La presente subvención tiene como objetivo el apoyo a las personas con diversidad funcional y sus familias, mediante el fomento de una sociedad inclusiva que garantice el ejercicio pleno de sus derechos, a través de acciones que promuevan la inclusión social y laboral, así como la igualdad de trato y la no discriminación.

Esta subvención se encuentra recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2025 del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, dentro de la línea Estratégica número 1 “Cohesión Social”.

Esta línea se encuentra alineada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030:

  • Objetivo ODS 10 - Reducción de las desigualdades.
  • Meta 10.2 - Promoción de la inclusión social, económica y política

CUARTO. IMPORTE Y PARTIDA PRESUPUESTARIA

La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones será de 10.000 €, imputables a la partida presupuestaria 2310.489.21 del presupuesto municipal del Ejercicio 2025.

QUINTO. REQUISITOS

Podrán solicitar y ser beneficiarios de la subvención regulada en las presentes Bases las entidades sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y legalmente constituidas con anterioridad a la fecha de aprobación de la correspondiente convocatoria, que puedan desarrollar o llevar a cabo programas, actividades en el ámbito propio de la inclusión social y el apoyo en diferentes ámbitos de la vida diaria a las personas con diversidad funcional, siempre que reúnan los siguientes requisitos:

  • Estar domiciliadas en Azuqueca de Henares e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.
  • La actividad a subvencionar habrá de tener como destinatarios finales los vecinos y vecinas de Azuqueca de Henares y desarrollarse dentro del término municipal.
  • Estar al corriente, en el caso de haber recibido con anterioridad subvenciones del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por tal concesión, así como en el reintegro de subvenciones, en su caso.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.
  • Estar al corriente en el pago de obligaciones fiscales, o de otro tipo, con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
  • No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

SEXTO. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes y el resto de documentación deberán presentarse dentro de los 2 DIAS NATURALES a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

Este plazo reducido se establece dada la urgencia derivada de la necesidad de ejecutar el crédito presupuestario antes del 31 de diciembre de 2025, garantizando así la correcta ejecución del gasto público

Sólo se admitirá una única solicitud por interesado. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido, resolviéndose la inadmisión de las mismas.

Las solicitudes, junto a la documentación que deba acompañarlas, se presentarán de forma telemática con firma electrónica a través del Registro General del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares. Así mismo, podrán presentarse en los demás registros indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Presentada la solicitud, si ésta no reúne los requisitos exigidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, el órgano instructor requerirá a la entidad interesada para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 5 días hábiles, con la indicación de que si no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud.

El Ayuntamiento de Azuqueca de Henares podrá requerir la aportación de otros documentos que considere necesarios para valorar tanto los proyectos como la capacidad de las Entidades de ejecutarlos.

Las bases completas incluyendo como anexo la correspondiente solicitud se encuentran a disposición de los solicitantes en el portal de transparencia de la página web del Ayuntamiento, a través del siguiente enlace:

https://azuqueca.sedelectronica.es/transparency/945b0302-56b5-4293-ac4e-adfe87292048/

En Azuqueca de Henares, a 26 de diciembre de 2025. Firmado el Alcalde Miguel Óscar Aparicio de Lucas

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