AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
4010
BDNS: 877859
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Por resolución de alcaldía de 26 de diciembre de 2025 se ha aprobado la citada convocatoria, con las siguientes especificaciones:
PRIMERO.OBJETO Y FINALIDAD
El objeto del presente documento es establecer las bases que han de regir en la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares para las actividades y proyectos realizados por bandas de música, corales y rondas del municipio, para financiar iniciativas que redunden y enriquezcan la cultura del municipio.
El objetivo de esta subvención es favorecer y mejorar la participación en diferentes eventos culturales y festivos del municipio, así como la facilitación y la promoción de su labor para la realización de actividades en beneficio del municipio.
SEGUNDO. BASES REGULADORAS
La presente convocatoria trae causa de las bases reguladoras publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) nº 230, de fecha 1 de diciembre de 2025, bajo el título: “Aprobación definitiva de las Bases Reguladoras de subvención destinada a ayudas y subvenciones destinadas a las bandas de música, corales y rondas del municipio”.
TERCERO. LÍNEAS DE ACTUACIÓN
La presente subvención tiene como objetivo fomentar la participación de bandas, corales y rondas locales en diferentes eventos culturales y festivos del municipio, así como la facilitación y la promoción de su labor para la realización de actividades en beneficio del municipio
Está recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones en la Línea Estratégica nº 4: “Educación” del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
Esta línea se encuentra alineada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030:
- Objetivo: 11 Ciudades y comunidades sostenibles.
- Meta: 11.4 Protección del patrimonio cultural y natural.
CUARTO. REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS
Podrán solicitar y ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en las presentes bases las bandas de música, corales y rondas del municipio, que estén legalmente constituidas y con personalidad jurídica propia, con anterioridad a la fecha de aprobación de las correspondientes convocatorias, que puedan desarrollar o llevar a cabo programas, proyectos, actividades o actuaciones en el ámbito cultural, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
- Estar domiciliadas en Azuqueca de Henares e inscritas en el Registro Municipal de asociaciones.
- Ser una asociación sin ánimo de lucro, circunstancia que deberá constar en los documentos de constitución, estatutos sociales o modificaciones de los mismos.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.
- Estar al corriente en el pago de obligaciones fiscales, o de otro tipo, con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares. - No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Estar al corriente, en el caso de haber recibido con anterioridad subvenciones del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por tal concesión, así como en el reintegro de las subvenciones, en su caso.
Para las Bandas de Música:
- La actividad cultural para subvencionar habrá de tener como destinatarios finales los vecinos del municipio de Azuqueca de henares.
- Haber realizado los pasacalles correspondientes a las procesiones de Semana Santa en los últimos 2 años, en colaboración con la Hermandad Virgen de la Soledad y el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
- Haber realizado un concierto de Villancicos en la Casa de la Cultura de Azuqueca de Henares, con motivo de las fiestas navideñas, en los últimos 2 años, en colaboración con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
- Haber participado en el programa de fiestas de San Isidro y Septiembre, en los últimos 3 años, en colaboración con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
- Haber participado en las corridas de toros en las fiestas de septiembre, en los últimos 3 años, en colaboración con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
Para las Corales:
- La actividad cultural para subvencionar habrá de tener como destinatarios finales los vecinos del municipio de Azuqueca de henares.
- Haber realizado un concierto de Navidad en Azuqueca de Henares, con motivo de las fiestas navideñas, en el último año, en colaboración con la Iglesia de Santa Teresa y el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
- Haber realizado actividades solidarias a través de conciertos en residencias de mayores y centros de día de Azuqueca de Henares.
- Haber participado en el programa de fiestas de San Isidro, en los últimos 2 años, en colaboración con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
- Haber participado en el programa de fiestas de Septiembre, en los últimos 2 años, en colaboración con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
Para las Rondas:
- La actividad cultural para subvencionar habrá de tener como destinatarios finales los vecinos del municipio de Azuqueca de henares.
- Haber realizado y organizado la actividad de plantación del mayo e interpretación de los Mayos en la Ermita de la Soledad, en los últimos 2 años, en colaboración con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
- Haber participado en la realización de una actuación en el Pregón de las fiestas de septiembre junto a la Banda de Música Municipal, en los últimos 2 años, en colaboración con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares
- Haber participado en el programa de fiestas de San Isidro, con la realización y organización de la Muestra de Rondas en la Casa de la Cultura, en los últimos 2 años, en colaboración con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
- Haber participado en el programa de fiestas de septiembre, con la realización y organización de la actividad “Ronda de los Casaos”, en los últimos 2 años, en colaboración con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares. Los requisitos exigidos en estas bases, se deben acreditan a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes y mantenerse hasta la justificación de la subvención concedida.
QUINTO. FINANCIACIÓN Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones será de 48.000 euros, imputables a la partida presupuestaria 3340.489.09 del presupuesto municipal del ejercicio 2025.
SEXTO. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes de subvención se formalizarán según modelo recogido en la convocatoria, (ANEXO I) el cual deberá estar firmado por el/la presidente/a de la asociación o por quien tenga conferida la delegación debidamente acreditada, y deberán dirigirse al Excmo Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
Se admitirá una única solicitud por proyecto.
Se presentarán electrónicamente junto con los documentos o informes que en su caso debieran acompañarse, conforme a lo establecido en las presentes bases, en cualquiera de los lugares previstos o en el art. 16.4 en Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo previsto en la convocatoria.
El plazo para presentar las solicitudes, así como la documentación que deba acompañarla, es de 2 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
El plazo reducido se establece dada la urgencia derivada de la necesidad de ejecutar el crédito presupuestario antes del 31 de diciembre de 2025, garantizando así la correcta ejecución del gasto público y evitando la pérdida de fondos.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, se requerirá al solicitante para que la subsane en el plazo de diez días contados desde el siguiente al de recepción del requerimiento, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
Las bases completas incluyendo como anexo la correspondiente solicitud se encuentran a disposición de los solicitantes en el portal de transparencia de la página web del Ayuntamiento, a través del siguiente enlace:
https://azuqueca.sedelectronica.es/transparency/945b0302-56b5-4293-ac4e-adfe87292048/
En Azuqueca de Henares, a 26 de diciembre de 2025. Firmado el Alcalde Miguel Óscar Aparicio de Lucas
