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Miércoles, 17 Diciembre 2025 08:12

APROBACION DEFINITIVA PRESUPUESTO 2025

3861

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AYUNTAMIENTO DE TERZAGA


3861

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2025 del Ayuntamiento de Terzaga al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

ESTADO DE GASTOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

104.070€

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

73.900 €

CAPÍTULO 1: Gastos de Personal

23.300 €

CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios

43.500 €

CAPÍTULO 3: Gastos Financieros

400€

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

6.700 €

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

30.170 €

CAPÍTULO 6: Inversiones Reales

30.170€

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

0,00 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

TOTAL:

104.070 €

ESTADO DE INGRESOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

121.226 €

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

91.056 €

CAPÍTULO 1: Impuestos Directos

21.781 €

CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos

0,00 €

CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos

6.630€

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

15.745 €

CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales

                         46.900

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

30.170 €

CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales

0,00 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

30.170 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

TOTAL:

121.226 €

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Terzaga a 15 de Diciembre de 2025. El Alcalde.Fdo.Roberto Molina Bacarizo.

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