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Miércoles, 17 Diciembre 2025 08:12

APROBACION DEFINITIVA PRESUPUESTO 2025

3859

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AYUNTAMIENTO DE PINILLA DE MOLINA


3859

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2025 del Ayuntamiento de Pinilla de Molina al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

ESTADO DE GASTOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

59.850 €

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

47.850 €

CAPÍTULO 1: Gastos de Personal

21.600 €

CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios

20.800 €

CAPÍTULO 3: Gastos Financieros

650 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

4.800 €

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

12.000 €

CAPÍTULO 6: Inversiones Reales

12.000 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

0,00€

B) OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

TOTAL:

59.850 €

ESTADO DE INGRESOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

     67.550 €

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

60.550 €

CAPÍTULO 1: Impuestos Directos

11.780 €

CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos

0,00 €

CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos

9.390 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

14.000 €

CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales

                      25.380€

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

7.000 €

CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales

0,00 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

7.000€

B) OPERACIONES FINANCIERAS

0,00 €

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

TOTAL:

67.550 €

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Pinilla de Molina a 15 de Diciembre de 2025. La Alcaldesa. Fdo: María Jesús Madrid Madrid.

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  • Municipios: Pinilla de Molina
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