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Martes, 16 Diciembre 2025 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚMERO 1/2025 EN LA MODALIDAD DE TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS ENTRE APLICACIONES DE DISTINTO ÁREA DE GASTO

3830

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AYUNTAMIENTO DE ATIENZA


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Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Bajas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos
iniciales

Créditos a
transferir

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

929

500

Fondo de contingencia

9.500,00 €

8.133,72 €

1.133,28 €

 

 

TOTAL

 

 

1.133,28 €

Altas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación

Descripción

Créditos
iniciales

Créditos a
incorporar

Créditos
finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

452

619

Recursos Hidráulicos. Otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso general

6.437,50 €

8.133,72 €

14.571,22 €

 

 

TOTAL

 

 

14.571,22 €

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Macha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Atienza, a 12 de diciembre de 2025.- El Alcalde-Presidente D. Pedro Loranca Garcés.

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