AYUNTAMIENTO DE CINCOVILLAS
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa de distribución de agua incluidos los derechos de enganche, colocación y utilización de contadores, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
«Artículo 6.- Cuotas tributarias.
A) CUOTA VARIABLE
0 m3- 30 m3 …………………..….. 0 €/m³
31 m3 en adelante …………….... 0,24 €/m³
B) CUOTA FIJA ANUAL
En la citada cuota el usuario por cada acometida pagara anualmente la cantidad de 40 €.
C) CUOTA FIJA DE CONEXIÓN Y ENGANCHE
En la referida cuota el usuario por cada acometida tendrá que abonar al Ayuntamiento, la cantidad de 301 € (hasta ½ pulgada).
El resto de disposiciones no sufre ninguna variación.»
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Cincovillas, a 20 de noviembre de 2025.- La Alcaldesa-Presidenta Dª. Montserrat García Rodríguez.
