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Viernes, 21 Noviembre 2025 08:11

EXPROPIACIÓN FORZOSA. PAGO DE INDEMNIZACIONES EN CONCEPTO DE INTERESES DE DEMORA.

3488

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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO


3488

El día 10 de noviembre de 2025, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico firma la propuesta de Autorización, Compromiso, Reconocimiento de la obligación y Pago, para proceder al pago de indemnizaciones en concepto de intereses de demora a los titulares de bienes y derechos de las siguientes fincas afectadas por el EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA derivado del PROYECTO DE ABASTECIMIENTO A LA FUTURA MANCOMUNIDAD DE LOS NÚCLEOS COLINDANTES CON LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS Y BUENDÍA (GUADALAJARA Y CUENCA). FASE LÍNEA ELÉCTRICA. Clave: 03.399.001/2111:

Término Municipal

Finca

Polígono

Parcela

CIFUENTES

EX15/04-00/0108

1

00360

CIFUENTES

EX15/04-00/0151

3

00085

CIFUENTES

EX15/04-00/0152

3

00086

CIFUENTES

EX15/04-00/0155

3

00090

CIFUENTES

EX15/04-00/0156

3

00091

CIFUENTES

EX15/04-00/0157

3

00092

CIFUENTES

EX15/04-00/0159

3

00095

CIFUENTES

EX15/04-00/0160

3

00096

CIFUENTES

EX15/04-00/0162

3

00104

CIFUENTES

EX15/04-00/0165

3

00107

CIFUENTES

EX15/04-00/0167

3

00117

CIFUENTES

EX15/04-00/0168

3

00118

CIFUENTES

EX15/04-00/0169

3

00122

CIFUENTES

EX15/04-00/0176

3

00566

CIFUENTES

EX15/04-00/0177

3

00567

CIFUENTES

EX15/04-00/0179

3

00817

CIFUENTES

EX15/04-00/0180

3

00827

CIFUENTES

EX15/04-00/0181

3

00830

CIFUENTES

EX15/04-00/0182

3

00834

CIFUENTES

EX15/04-00/0185

6

01046

CIFUENTES

EX15/04-00/0186

6

01112

CIFUENTES

EX15/04-00/0187

6

01114

CIFUENTES

EX15/04-00/0188

6

01154

CIFUENTES

EX15/04-00/0189

6

01156

El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los interesados. Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia bancaria, serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los interesados. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación, esta Confederación Hidrográfica procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo el pago de las mismas.

Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Reglamento de Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

En Madrid, a 17 de noviembre de 2025. El Secretario General. Álvaro Agustín De Torres Suárez.

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