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Viernes, 14 Noviembre 2025 08:11

DELEGACIÓN ESPECIAL DE ATRIBUCIONES

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AYUNTAMIENTO DE CHILOECHES


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En aplicación de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público el contenido de la Resolución de Alcaldía de fecha 11 de noviembre de 2025, del siguiente tenor literal:

“Esta Alcaldía tiene reconocida por Ley la posibilidad de delegar el ejercicio de algunas de las competencias que tiene atribuidas en otros órganos de la Corporación, siempre y cuando no se encuentren incursas en los supuestos de prohibición a los que se refiere el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).

En los apartados 4 y 5 del artículo 43 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF) se establece que el Alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier Concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados.

Las delegaciones especiales podrán ser, entre otras: Relativas a un proyecto o asunto determinado. En este caso la eficacia de la delegación, que podrá contener todas las facultades delegables del Alcalde, incluida la de emitir actos que afecten a terceros, se limitará al tiempo de gestión o ejecución del proyecto.

Con motivo de la tramitación de expedientes de celebración de matrimonio civil e interesando la eficacia y eficiencia en la tramitación de los procedimientos administrativos, puede determinarse la delegación en cualquier Concejal de la Corporación para el desarrollo y celebración de los mismos

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, 21.3 de la LRBRL, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118, 120 y 121 del ROF, por medio del presente HE RESUELTO:

PRIMERO. Conferir delegación especial en los Concejales del Ayuntamiento Maria Pilar Garcia Fuentes, Concepción Hidalgo Medranda, César Urrea Miedes, Ramona Bayo Cascajero, Jose Antonio Alejandre Cascajero, Jose Martínez Carrascosa, Ana M.ª. Valenzuela Pala, Jesús Nieto Sánchez, Sira Jiménez Garcés, para el ejercicio de la competencia correspondiente a la autorización del acto de celebración del matrimonio civil.

SEGUNDO. La delegación comprende todas las facultades delegables del Alcalde, incluida la de emitir actos que afecten a terceros con este objeto.

TERCERO. La delegación deberá estar documentada previamente, bastando con que en el acta de autorización del matrimonio se haga constar que el Concejal ha actuado por delegación del Alcalde.

La delegación conferida en la presente Resolución requerirá para su eficacia la aceptación del delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación previa a la celebración de los actos.

CUARTO. Reconocer dentro de esta delegación genérica las delegaciones específicas realizadas desde la toma de posesión como Alcade de D. Marcos Cascajero Cascajero efectuada el día 6 de junio de 2025 y que son las siguientes:

  • Matrimonio civil celebrado en fecha 20 de julio de 2025, oficiado por la Concejala Ana María Valenzuela Pala, autorizada para este acto mediante resolución de alcaldía n.º 415 de fecha 21/05/2025.
  • Matrimonio civil celebrado en fecha 26 de julio de 2025, oficiado por el Concejal Jose Antonio Alejandre Cascajero, autorizado para este acto mediante resolución de alcaldía n.º 414 de fecha 21/05/2025.
  • Matrimonio civil celebrado en fecha 24 de octubre de 2025, oficiado por la Concejala Ana María Valenzuela Pala, autorizada para este acto mediante resolución de alcaldía n.º 839 de fecha 24/10/2025.

QUINTO. Notificar a los interesados y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia.”

En Chiloeches, a 11 de noviembre 2025. El Alcalde, Fdo. : Marcos Cascajero Cascajero

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