AYUNTAMIENTO DE HONTOBA
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Por acuerdo del Pleno de fecha 11 de noviembre de 2025 se ha acordado delegar en la Alcaldía-Presidencia las competencias que la Disposición Adicional Segunda, apartados 2 y 10 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público atribuye en materia de contratación pública para todo lo relativo a la tramitación administrativa para la contratación de la cubierta metálica autoportante de la pista deportiva municipal, comprendiendo esta delegación, entre otras, el inicio del expediente, publicidad, informaciones sobre los pliegos y documentación complementaria, prórroga de plazos para presentar proposiciones, recepción del anuncio de la remisión de la oferta mediante correo, télex, fax o telegrama; resolución del procedimiento con pronunciamiento expreso sobre las reclamaciones presentadas, adjudicación del contrato, inspección y control de la ejecución del contrato, adopción de medidas concretar para obtener o restablecer el buen orden de la ejecución, reajuste de anualidades, publicación, aprobación del gasto, así como cualquier otra de las recogidas en la legislación administrativa que sean de competencia del Pleno. Igualmente, se autoriza expresamente para la firma por la Alcaldía de cuantos documentos públicos y/o privados sean precisos para la formalización y/o perfección del contrato. Las presentes atribuciones delegadas deberán ejercerse por el Sr. Alcalde-Presidente, sin que sean susceptibles de ser delegadas en otro órgano. Los acuerdos que se adopten por delegación se entenderán tomados por el Pleno del Ayuntamiento de Hontoba, como titular de la competencia originaria y a quién se deberá informar puntualmente del ejercicio de las competencias aquí delegadas. Publicar el acuerdo de delegación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.Delegar en la Alcaldía-Presidencia las competencias que la Disposición Adicional Segunda, apartados 2 y 10 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público atribuye en materia de contratación pública para todo lo relativo a la tramitación administrativa para la contratación de la cubierta metálica autoportante de la pista deportiva municipal, comprendiendo esta delegación, entre otras, el inicio del expediente, publicidad, informaciones sobre los pliegos y documentación complementaria, prórroga de plazos para presentar proposiciones, recepción del anuncio de la remisión de la oferta mediante correo, télex, fax o telegrama; resolución del procedimiento con pronunciamiento expreso sobre las reclamaciones presentadas, adjudicación del contrato, inspección y control de la ejecución del contrato, adopción de medidas concretar para obtener o restablecer el buen orden de la ejecución, reajuste de anualidades, publicación, aprobación del gasto, así como cualquier otra de las recogidas en la legislación administrativa que sean de competencia del Pleno. Igualmente, se autoriza expresamente para la firma por la Alcaldía de cuantos documentos públicos y/o privados sean precisos para la formalización y/o perfección del contrato. Las presentes atribuciones delegadas deberán ejercerse por el Sr. Alcalde-Presidente, sin que sean susceptibles de ser delegadas en otro órgano. Los acuerdos que se adopten por delegación se entenderán tomados por el Pleno del Ayuntamiento de Hontoba, como titular de la competencia originaria y a quién se deberá informar puntualmente del ejercicio de las competencias aquí delegadas.
En Hontoba a 11 de noviembre de 2025. El Alcalde: D. Pedro David Pardo de la Riva.
