AYUNTAMIENTO DE CINCOVILLAS
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 02/2025 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplemento en aplicaciones de gastos
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Aplicación |
Descripción |
Suplemento de crédito |
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Progr. |
Económica |
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920 |
227 |
Trabajos realizados por otras empresas y profesionales |
2.890,23 € |
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TOTAL |
2.890,23 € |
Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería, en los siguientes términos:
Suplemento en Concepto de Ingresos
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Aplicación: económica |
Descripción |
Euros |
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Cap. |
Art. |
Conc. |
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8 |
87 |
870 |
REMANENTE LIQUIDO DE TESORERIA |
2.890,23 € |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Cincovillas, a 30 de octubre de 2025.- La Alcaldesa-Presidenta Dª Montserrat García Rodríguez.
